La Audiencia Nacional ha condenado a 94 años de prisión a Santi Potros, el dirigente de ETA de nombre Santiago Arróspide, que comentio un atentado en Barcelona en el año 1987 contra un vehículo de la Guardia Civil. En el atentado falleció un hombre que se encontraba en una cabina teléfono y dos agentes resultaron heridos.

La sentencia de la Audiencia Nacional , según ha publicado ABC, impone la pena de 94 años al etarra Santi Potros por su acusación de los delitos de los asesinatos consumado y frustrado, atentado y estragos, además de cinco faltas de lesiones, por su falta cometida el día 2 de abril de 1987.

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En el atentado de ese año contra el vehículo de la Guardia Civil, falleció el ciudadano Juan Fructuoso. Cabe destacar sin embargo que el tiempo máximo de cumplimiento efectivo de la condena es de treinta años.

El que fuera jefe de comandos de la banda terrorista fue detenido el pasado 20 de enero e ingresó en prisión provisional por riesgo de fuga. Un mes antes, la Audiencia Nacional le había puesto en libertad al descontar de su condena las penas cumplidas en Francia, un criterio que fue corregido después por el Tribunal Supremo.

'Santi Potros' fue condenado en junio a 17 años de cárcel por ordenar el asesinato frustrado del que fuera fiscal general del Estado Luis Antonio Burón Barba

Desde entonces, 'Santi Potros' fue condenado en junio a 17 años de cárcel por ordenar el asesinato frustrado del que fuera fiscal general del Estado Luis Antonio Burón Barba y ahora suma otra pena de 94 años de prisión por dar instrucciones al 'comando Barcelona' para que atentaran contra una patrulla del Instituto Armado, cuyos dos ocupantes sufrieron heridas de gravedad.

La Sección Tercera de la Sala de lo Penal ha considerado ahora a 'Santi Potros', que fue condenado por ser el 'cerebro' del atentado de Hipercor que costó la vida a 21 personas en 1987, responsable de un delito de asesinato consumado, dos asesinatos en grado de tentativa, otro de estragos terroristas y cinco faltas de lesiones, que llevan aparejados una pena de 94 años de prisión con arreglo al Código Penal de 1973.

Los magistrados Alfonso Guevara, Ángeles Barreiro y Clara Bayarri han impuesto al histórico dirigente etarra la obligación de indemnizar, de forma solidaria con los ya condenados Mercedes Ernaga, Domingo Troitiño y Rafael Caride Simón, con 612.400 euros a las víctimas del atentado y los herederos de Juan Fructuoso Gómez, que contaba con 29 años en el momento de los hechos.

El tribunal declara probado que el entonces jefe del aparato militar suministró a los miembros del 'comando Barcelona' Domingo Troitiño, Rafael Caride y Mercedes Ernaga 40 kilogramos de explosivo amonal, pistolas, temporizadores y detonadores para atentar en el marco de una "campaña contra militares de alta graduación, miembros de la Guardia Civil y Policía".

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