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Las comunidades autónomas han actualizado sus criterios fiscales para este año, con varias nuevas deducciones en materia de vivienda, tanto por compra como alquiler o reforma, que hay que conocer antes de realizar la declaración de la renta.

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Según un estudio del Consejo General de Economistas (REAF-REGAF), estas son las novedades en cada comunidad autónoma:

ASTURIAS

-Deducción del 3% de las cantidades satisfechas por compra o reforma de vivienda habitual necesaria para personas discapacitadas (sea el contribuyente o familiar).

-Deducción de 113 euros por inversión en vivienda habitual que tenga la consideración de protegida, para los contribuyentes que tengan derecho a percibir subvenciones o ayudas para la adquisición o rehabilitación.

-Deducción del 10% de las cantidades satisfechas por alquiler de vivienda habitual.

BALEARES

-Deducción del 10% del importe de las inversiones que mejoren la calidad y la sostenibilidad de las viviendas, que se realicen en el inmueble, situado en la comunidad.

-Deducción del 10% de las cantidades destinadas por los titulares de los inmuebles a su restauración, rehabilitación o reparación.

-Deducción por las cantidades donadas a favor de los descendientes o adoptados cuyo destino sea la adquisición o rehabilitación de la primera vivienda habitual, y siempre que se haya disfrutado de la reducción del 85% de la cuota del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones.

-Deducción adicional al tramo autonómico por inversión en vivienda habitual.

-Deducción del 0,75% por el gasto en obras o instalaciones de adecuación de la vivienda habitual discapacidad cuando se cumplan los requisitos exigidos en la norma estatal para esta misma deducción.

-Deducción del 15% de las cantidades satisfechas por alquiler de la vivienda habitual.

CANTABRIA

-Deducción del 10% de las cantidades satisfechas por alquiler de la vivienda habitual con el límite de 300 euros.

-Deducción del 15%, con un límite de 1.000 euros en tributación individual y 1.500 euros en conjunta, de las cantidades satisfechas en obras realizadas en cualquier vivienda o viviendas de su propiedad.

CASTILLA Y LEÓN

-Deducción del 5% por las cantidades satisfechas en la adquisición de viviendas por jóvenes en núcleos rurales.

-Deducción del 15% de las cantidades satisfechas por el alquiler de vivienda habitual, máximo 459 euros.

CASTILLA-LA MANCHA

-Deducción del 15% de las cantidades satisfechas por el arrendamiento de vivienda por jóvenes (menores de 36 años)

CATALUÑA

-Deducción del 10% de las cantidades satisfechas por alquiler de vivienda habitual para discapacitados, para menores de 32 años, para parados de larga duración y para personas viudas de más de 65 años.

-Deducción del 1,5% de la inversión en el periodo impositivo por la rehabilitación de la vivienda.

EXTREMADURA

-Deducción del 5% del gasto en concepto de alquiler de su vivienda habitual, con el límite de 300 euros anuales.

-Deducción del 5% de la inversión de segunda vivienda.

GALICIA

-Deducción del 10% del gasto por alquiler de vivienda habitual por jóvenes, con un límite
de 300 euros.

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MADRID

-Deducción del 20% por alquiler de vivienda habitual efectuado por menores de 35 años.

-Deducción por el incremento de los costes de financiación ajena para la inversión en vivienda habitual derivado del alza de los tipos de interés.

MURCIA

-Deducción por adquisición de vivienda del 5%, con un límite de 300 euros.

LA RIOJA

-Deducción de hasta el 7% por rehabilitación de vivienda habitual por jóvenes.

-Deducción de hasta el 5% por adquisición de vivienda habitual por jóvenes.

-Deducción del 7% por adquisición o rehabilitación de segunda vivienda en el medio rural.

COMUNIDAD VALENCIANA

-Deducción del 5% de la compra de primera vivienda habitual por jóvenes menores de 35 años.

-Deducción del 5% para la compra de vivienda de contribuyentes discapacitados.

PAÍS VASCO

-Se reduce la intensidad del incentivo fiscal anual en el supuesto de adquisición. Así, con carácter general, la deducción por alquiler de vivienda habitual seguirá siendo del 20% de las cantidades satisfechas en el período impositivo, con un límite cuantitativo a 1.600 euros anuales.

NAVARRA

-Sin novedades en materia de vivienda.

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