• La juez ha acordado el sobreseimiento de la causa por falta de pruebas
Tania Sanchez

La magistrada titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 6 de Arganda del Rey ha sobreseído provisionalmente la querella presentada por el PP contra el Alcalde de Rivas Vaciamadrid, Pedro del Cura, y la exconcejal de dicho Ayuntamiento, Tania Sánchez Melero, entre otros, por falta de pruebas.

En la querella presentada por el PP también estaban acusados el hermano y el padre de Tania Sánchez

En este caso, denominado Aúpa, también estaban acusados las funcionarias María Abril Barceló Candela y Yolanda Pérez Díaz; el adjudicatario de contratos y ayudas, y hermano de Tania Sánchez, Héctor Sánchez Melero, y Raúl Sánchez Herranz, padre de Tania.

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Según informa Europa Press, la magistrada ha acordado el archivo provisional de la causa al estimar que no existen suficientes indicios de la perpetración de los delitos investigados. También inadmite a trámite la ampliación de la querella presentada por el Partido Popular.

La querella se sustentaba en el hecho de la supuesta comisión por parte de esas personas de los posibles delitos de prevaricación, tráfico de influencias y malversación de caudales públicos en la adjudicación de contratos municipales a la cooperativa Aúpa.

DECLARACIÓN DE LOS IMPUTADOS

La magistrada instructora abrió las correspondientes diligencias previas y citó a declarar, como querellados, a los interesados los pasados 24 y 25 de junio.

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Tania Sánchez estaba acusada de adjudicar a su hermano un contrato de 137.000 euros

A Tania Sánchez se le acusaba de adjudicar en la época en la que era concejal de Cultura de Rivas un contrato a su hermano por valor de 137.000 euros por un servicio de talleres educativos de formación. El importe de los contratos adjudicados a su hermano, administrador de Aúpa, ascendía a 1,2 millones de euros, según consta en la querella de los populares.

En su declaración, la exdiputada regional manifestó ante la juez que "no sabía" que el expediente que aprobó el Pleno por unanimidad en 2008 y del que no se inhibió incluía una cooperativa en la que participaba su hermano. Además, subrayó ante los medios que los hechos de la querella estaban sustentados en "falsedades" del PP, manifestando entonces que estaba acreditado que todo era falso.

Tras tomar declaración a los imputados, la magistrada acuerda el archivo provisional de las actuaciones por falta de pruebas. Contra el auto de sobreseimiento provisional cabe la interposición de un recurso de reforma (sobre el propio órgano judicial que la ha dictado) o bien de apelación (ante la Audiencia Provincial de Madrid).

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