- Ya hay 1,8 millones de españoles en el extranjero
- Se puede cobrar el paro en otro país europeo hasta seis meses
La situación económica por la que atraviesa España desde 2009 ha llevado a muchas personas a buscar diferentes fórmulas para salir adelante en el mercado laboral. Una de los caminos elegidos ha sido emigrar al extranjero, algo que se puede hacer conservando la prestación por desempleo.
La crisis ha dejado un dato que no se veía desde las décadas de los años 60 y 70. Los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) reflejan que hay al menos 1,8 millones de españoles residiendo en el extranjero, lo que supone casi un 50% más que en 2008, antes del estallido de la burbuja inmobiliaria y la recesión de la economía.
Hay al menos 1,8 millones de españoles residiendo en el extranjero, lo que supone casi un 50% más que en 2008
Hay un perfil habitual que es el de joven recién licenciado sin casi experiencia en el mercado laboral. Y otro, el de personas que se han quedado en sin trabajo después de un largo periodo laboral, pero con dificultades para reubicarse. Lo que mucha gente no conoce, y que facilita mucho las cosas a este tipo de emigrantes, es que se puede exportar el paro.
Cobrar la prestación por desempleo es posible mientras que se realiza la búsqueda de trabajo en algún país del Espacio Económico Europeo (EEE), que aglutina a los países de la Unión Europea y otros países del viejo continente como Islandia o Noruega. El periodo en el que se puede cobrar es de tres o seis meses.
La solicitud de exportación de las prestaciones se hace en la oficina de empleo española. Es decir, en la oficina de paro que corresponde al desempleado. Inmediatamente después, se debe realizar la inscripción como demandante de empleo en el Servicio Público de Empleo del país al que se va a desplazar.
Para poder pedir la exportación de paro, los requisitos son ser beneficiario de una prestación o subsidio por desempleo en España, y haber estado al menos cuatro semanas inscrito como demandante de empleo también en España, explica el Servicio Público de Empleo de España (SEPE, antiguo INEM).
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DURACIÓN DEL PARO EXPORTADO
La exportación autoriza el cobro de la prestación durante tres meses, aunque se puede prorrogar durante otros tres meses. Para ello se debe tramitar antes de que terminen los tres primeros meses. Una vez tramitado, hay que enviar por email o fax el documento al SEPE.
Si durante el periodo de exportación de paro el beneficiario encuentra trabajo, se extingue la prestación por desempleo. Si no lo encuentra y decide retornar a España, puede seguir cobrando el paro tal y como lo tenía reconocido antes de abandonar España, explica el servicio español de empleo.
Por último, hay que destacar que si no se encuentra trabajo y se supera el periodo máximo de exportación y el beneficiario no ha vuelto a España, perderá todo derecho a prestaciones.
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