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MADRID, 09 AGO. (Bolsamania.com/BMS) .- Ayer se supo que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha anulado un contrato con cláusulas abusivas de una aseguradora. El juez argumenta que en estos procesos hay que plantearse “todas las consecuencias” para el cliente que nazcan de las cláusulas abusivas de un contrato y, por tanto, existe la potestad de anularlo entero. Además, la sentencia indica que los jueces “deben constatar que el consumidor no quede vinculado por la cláusula, y apreciar objetivamente si el contrato afectado puede subsistir sin esa cláusula”. Eso sí, incluye que se tenga en cuenta el derecho interno de cada país. Por lo tanto, los jueces podrán declarar de oficio la nulidad total de los contratos que contengan una o varias cláusulas abusivas.

Hasta ahora, las sentencias fijaban sólo la invalidación de las cláusulas abusivas.

¿Qué significa esto para los bancos? Los expertos de Ahorro Corporación Financiera (ACF), responden:

“Es un intento por devolver la confianza a los consumidores en las entidades financieras dotando a los jueces de más poder para su defensa. Si bien la noticia está parcialmente descontada por el episodio abierto por BBVA en materia de eliminación de cláusulas suelo, creemos que se abre la puerta a una mayor presión para las entidades financieras en los productos y servicios que ofrecen, así como a la inseguridad jurídica de los instrumentos comercializados que hacen más imprevisible la proyección de sus resultados futuros”.

M.G.
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