Cómo activar las notificaciones electrónicas de Hacienda

Hay dos organismos que el autónomo nunca debe perder de vista: la Agencia Tributaria y la Seguridad Social. El primero es quizás el más importante, ya que será con quien más tenga que comunicarse para el pago de impuestos y el más peligroso a efectos de sanciones y multas.

A la hora de darse de alta como autónomo y en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) se puede elegir la forma de comunicación con Hacienda: por carta u online. Cada sistema tiene sus ventajas e inconvenientes pero lo que nunca debes perder de vista es que la dirección fiscal que facilites a la AEAT será la única que cuente a efectos de comunicaciones fiscales. Dicho de otra forma, si optas por una dirección física, por ejemplo la de tu casa, a Hacienda poco le va a importar que vayas a pasar unos días fuera, aunque sea por trabajo. Enviará a esa dirección sus notificaciones y las dará por recibidas estés o no estés.

notificaciones de Hacienda

En la modalidad online ocurre lo mismo, sólo que en este caso podrás acceder al apartado de Notificaciones de la Sede Electrónica de la AEAT en cualquier momento y desde cualquier lugar. Es decir, dependerá de ti el enterarte o no de los requerimientos de Hacienda, aunque en este caso sí será necesaria una acción por tu parte. A fin de cuentas, debes ser tú como trabajador autónomo quien acceda al buzón, mientras que en el caso contrario la carta llegará a tu domicilio.

Los dos ejemplos anteriores deberían servir para aclarar bastante la decisión dependiendo de tus hábitos.

Cómo activar las notificaciones electrónicas

En caso de escoger el modelo tradicional de notificaciones no tendrás que hacer nada más que sentarte a esperar y confiar en que Hacienda no quiera nada de ti en los próximos años. No ocurre lo mismo con las notificaciones electrónicas.

Para poder acceder a los servicios de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria necesitarás DNI electrónico, certificado electrónico o estar dado de alta en el sistema Cl@ve. Con los dos primeros podrás acceder a todos los servicios del portal, pero en el caso del DNI electrónico necesitarás el correspondiente lector y siempre es posible que se raye el chip del DNI, recuerdan desde Txerpa.

Por su parte, con el sistema Clave no podrás acceder a todos los servicios y además necesitarás generar un nuevo PIN (una nueva clave) cada vez que necesites hacer un trámite. Generarla no es complicado, pero sí supone un paso añadido en el proceso.

Una vez hayas elegido el medio o medios para acceder a la Sede Electrónica deberás activar las notificaciones electrónicas, algo que puedes hacer a través del portal 060, donde debes registrarte. Al hacerlo podrás elegir recibir las notificaciones de todos los organismos que tengan activo el sistema, no sólo de Hacienda, lo que supone una ventaja. Además, podrás acceder a ellos desde el 060 o la Sede de la AEAT.

Recuerda que cada año dispones de tus vacaciones fiscales, un periodo que puedes elegir libremente y en el que Hacienda no te enviará ninguna notificación. Aquí puedes ampliar información al respecto.

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Imagen – Aina Jameela en Shutterstock

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