Cómo funciona el Impuesto sobre el Patrimonio

Ahora que vuelve el Impuesto sobre el Patrimonio conviene explicar exactamente en qué consiste, cómo funciona y a quien afecta. Y es que si en la declaración de la renta se paga por lo que se gana, en este tributo se paga por lo que se tiene.

En el año 2008 recibió una bonificación general de su cuota, sin eliminarse. También desapareció la obligación de presentar la declaración por este impuesto. Sin embargo, en 2011, se restableció el impuesto mediante el Real Decreto-Ley 13/2011, de 16 de diciembre por el que se restablece el impuesto sobre patrimonio con carácter temporal para los años 2011 y 2012.

¿Quien debe declarar?

El Impuesto sobre el Patrimonio afecta a todos los ciudadanos, pero sólo en teoría. A efectos reales se aplica sobre todas las personas físicas cuyo patrimonio supere el mínimo fijado por la ley, que tras los cambios establecidos por el Gobierno pasa de los 167.129,45 euros de la  Ley 19/1991, de 6 de junio, original a los 700.000 euros.

La siguiente tabla muestra la progresión del impuesto en relación al nivel patrimonial:

El impuesto sobre Patrimonio se encuentra cedido a las comunidades autónomas. Son éstas las que se encargan de su recaudación, gestión y regulación.Por tanto, el concepto de mínimo exento será el aprobado por cada comunidad autónoma. Si no hubiese regulado ese mínmo exento, la base imponible, como ya hemos indicado, se reducirá en 700.000 euros.

 

 

La obligación personal y real que aparece en el cuadro se refiere a la distinción fiscal que se hace entre personas físicas que tienen su residencia en España (obligación personal) y cualquier otra persona que puede no residir en el país pero que tiene derechos y bienes dentro del mismo.

¿Sobre qué bienes y derechos se aplica?

Los artículos del 10 al 25 de la ley, recogidos en el Título IV, determinan los bienes sobre los que se aplica el impuesto y que son los siguientes:

  • Bienes inmuebles: para determinar su  precio a efectos del impuestos se tomará en cuenta el mayor de los valores entre el valor catastral o el precio de venta. En el caso de las viviendas en construcción sólo se tendrá en cuenta el dinero que se haya satisfecho a 31 de diciembre
  • Bienes afectos a actividades empresariales y profesionales.
  • Depósitos en cuenta corriente o de ahorro, a la vista o a plazo.
  • Valores representativos de la cesión a terceros de capitales propios, negociados en mercados organizados y demás valores representativos de la cesión a terceros de capitales propios.
  • Valores representativos de la participación en fondos propios de cualquier tipo de entidad, negociados en mercados organizados y demás valores representativos de la participación en fondos propios de cualquier tipo de entidad.
  • Seguros de vida y rentas temporales o vitalicias.
  • Joyas, pieles de carácter suntuario y vehículos, embarcaciones y aeronaves: Orden EHA/3334/2010, de 16 de diciembre, incluye una serie de tablas para calcular su valor.
  • Objetos de arte y antigüedades.
  • Derechos reales, concesiones administrativas y derechos derivados de la propiedad intelectual e industrial.
  • Opciones contractuales y demás bienes y derechos de contenido económico.

Bienes y derechos exentos

Por fortuna para el ciudadano de a pie, no todos los bienes y derechos computan en el Impuesto sobre el Patrimonio. Existen varias excepciones, empezando por la vivienda habitual y lo que se denomina ajuar doméstico y siguiendo por el local en el que el empresario desarrolla su actividad. Estos bienes y derechos exentos son los que aparecen en el artículo 4 de la Ley y son los siguientes:

  • Bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español.
  • Bienes integrantes del Patrimonio Histórico de las Comunidades Autónomas.
  • Objetos de arte y antigüedades cuyo valor sea inferior a las cantidades que se establezcan en el artículo 26.4 de la Ley 16/1985.
  • El ajuar doméstico, que se entiende como los efectos personales y del hogar
  • Los derechos de contenido económico que correspondan por aportaciones realizadas o primas satisfechas a sistemas de previsión social. Esto incluye planes de pensiones, planes de previsión asegurados, seguros privados que cubran la dependencia, planes de previsión social empresarial, y contratos de seguro colectivo distintos de los PPSE
  • Los derechos derivados de la propiedad intelectual o industrial
  • Bienes y derechos afectos a actividades económicas y participaciones en entidades contemplados en el artículo 4 de la Ley del Impuesto sobre el Patrimonio.
  • La vivienda habitual del contribuyente, hasta un importe máximo de 150.253,03 euros.

El Impuesto sobre el Patrimonio devenga a 31 de diciembre, por lo que se tendrá en cuenta las posesiones y el valor de las mismas a esa fecha.

Ahora que ya sabes cómo funciona el Impuesto sobre el Patrimonio ya puedes sacar tus conclusiones sobre si afecta a las clases altas o también a las medias.

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Imagen – Images of Money en Flickr

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