El Modelo del Impuesto sobre Sociedades 2014

Aunque las empresas tienen libertad para establecer su propio ejercicio fiscal, la campaña del Impuesto sobre Sociedades para el ejercicio 2014 también tiene sus plazos. Se ha publicado ya el modelo 200 para el pago de este impuesto. Te lo presentamos junto con sus novedades.

Los ciudadanos pagan el IRPF y las empresas hacen lo propio en el Impuesto Sociedades. Este es el tributo a través del cual liquidan sus cuentas de cada ejercicio y que en el caso del Impuesto sobre Sociedades 2014 ya cuenta con el modelo que deberá utilizar. 

La Orden HAP/1067/2015, de 5 de junio, de 5 de junio, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2014, se dictan instrucciones relativas al procedimiento de declaración e ingreso y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación electrónica contiene los documentos que deberán presentar todas las empresas y también los referidos al IRPF de los no residentes.

El nuevo modelo del Impuesto sobre Sociedades 2014 incluye todos los cambios que se han producido respecto a este tributo en 2014 y que incluyen variaciones importantes que resumen desde CEF fiscal-impuestos. Estas atañen a los siguientes decretos:

  • El Real Decreto-ley 14/2013, de 29 de noviembre: se regula la conversión de activos por impuesto diferido correspondiente a determinadas dotaciones por deterioro de los créditos u otros activos derivadas de las posibles insolvencias de los deudores no vinculados con el sujeto pasivo, en crédito frente a la Administración tributaria.
  • La Ley 26/2013, de 27 de diciembre: regula régimen fiscal de las fundaciones bancarias y determina que deberán tributar en el régimen general del IS.
  • La Ley 22/2013, de 23 de diciembre: prorroga un gran número de medidas que se encontraban vigentes a 31 de diciembre de 2013 como la aplicación del tipo reducido de gravamen del que disfrutan las microempresas cuando mantienen o crean empleo, y del tratamiento que se confiere a los gastos e inversiones para habituar a los empleados en la utilización de las nuevas tecnologías de la comunicación y de la información- y enumera las actividades que se consideran prioritarias de mecenazgo durante 2014 y los eventos que tendrán la consideración de acontecimientos de excepcional interés público
  • La Ley 1/2014, de 28 de febrero: se refiere a la  Decisión de la Comisión de 17 de julio de 2013 relativa al régimen fiscal aplicable a determinados acuerdos de arrendamiento financiero.
  • La Ley 17/2014, de 30 de septiembre: establece la ausencia de tributación en los supuestos de capitalización de deudas, salvo que la misma hubiera sido objeto de una adquisición derivativa por el acreedor y modifica el tratamiento fiscal sobre las rentas derivadas de quitas y esperas.
  • EL Real Decreto 475/2014, de 13 de junio: desarrolla el régimen normativo de las nuevas bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social del personal investigador.
  • La Ley 27/2014, de 27 de noviembre: establece cambios sobre la reversión de algunos deterioros de créditos y de las dotaciones o aportaciones a sistemas de previsión social;

Cuándo presentar el Impuesto sobre Sociedades

El documento también establece los plazos de presentación del Impuesto sobre Sociedades que no se restringirán a unas fechas concretas, sino que dependerán de las elegidas por cada empresa para sus respectivos ejercicios fiscales. En este sentido, la liquidación del IS deberá producirse en un plazo de 25 días naturales una vez transcurridos seis meses desde el cierre del ejercicio fiscal. Dicho de otra, si la empresa cerró el año el 31 de diciembre de 2014, tendrá hasta el 25 de julio para hacer frente al impuesto, mientras que si lo cerró a 31 de enero de 2015 (recordemos que el IS se refiere a periodos fiscales comenzados en 2014) tendrá para pagar hasta el 25 de agosto.

Por último, se recuerda que el IS debe presentarse por vía telemática, es decir, a través de internet, rellenando el modelo 220 para el Impuesto sobre Sociedades y el 200 en el caso del Impuesto sobre la Renta de no Residentes.

Los modelos

Y como no podía ser de otra forma, lo más importante, los propios modelos del Impuesto sobre Sociedades y el IRPF para no Residentes según aparecen en la  Orden HAP/1067/2015, de 5 de junio.

image-0131 image-0132 image-0133 image-0134 image-0135 image-0136 image-0137 image-0138 image-0139 image-0140 image-0141 image-0011 image-0012 image-0013 image-0014 image-0015 image-0016 image-0017 image-0018 image-0019 image-0020 image-0021 image-0022 image-0023 image-0024 image-0025 image-0026 image-0027 image-0028 image-0029 image-0030 image-0031 image-0032 image-0033 image-0034 image-0035 image-0036 image-0037 image-0038 image-0039 image-0040 image-0041 image-0042 image-0043 image-0044 image-0045 image-0046 image-0047 image-0048 image-0049 image-0050 image-0051 image-0052 image-0053 image-0054 image-0055 image-0056 image-0057 image-0058 image-0059 image-0060 image-0061 image-0062 image-0063 image-0064 image-0065 image-0066 image-0067 image-0068 image-0069 image-0070 image-0071 image-0072 image-0073 image-0074 image-0075 image-0076 image-0077 image-0078 image-0079 image-0080 image-0081 image-0082 image-0083 image-0084 image-0085 image-0086 image-0087 image-0088 image-0089 image-0090 image-0091 image-0092 image-0093 image-0094 image-0095 image-0096 image-0097 image-0098 image-0099 image-0100 image-0101 image-0102 image-0103 image-0104 image-0105 image-0106 image-0107 image-0108 image-0109 image-0110 image-0111 image-0112 image-0113 image-0114 image-0115 image-0116 image-0117 image-0118 image-0119 image-0120 image-0121 image-0122 image-0123 image-0124 image-0125 image-0126 image-0127 image-0128 image-0129 image-0130

Publicidad

¿Algo que añadir? ¡No te cortes!

Loading Facebook Comments ...