Qué se considera una persona discapacitada a efectos fiscales

Muchas deducciones disponen de reglas especiales para personas discapacitadas pero qué considera Hacienda discapacidad. Te descubrimos la definición fiscal de persona discapacitada a efectos fiscales y en la declaración de la renta.

La RAE define el término discapacitado como el de una persona «que tiene impedida o entorpecida alguna de las actividades cotidianas consideradas normales, por alteración de sus funciones intelectuales o físicas». Se trata de un calco del disabled inglés que deja un amplio margen de interpretación, como es lógico. Esta falta de concreción que sirve en la vida cotidiana no es suficiente a efectos legales y fiscales. En lo que refiere a los impuestos, Hacienda es bastante más estrictas en este punto también porque las personas con discapacidad y sus familias tienen acceso a varias ventajas fiscales. 

Definición de persona discapacitada para Hacienda

Discapacitados para Hacienda

A efectos de IRPF, la Agencia Tibutaria define las personas con discapacidad como «los contribuyentes que acrediten un grado de discapacidad igual o superior al 33%». Todo lo que quede por debajo de ese umbral no se entenderá como discapacidad.

Acreditar la discapadidad

Para acreditar la discapacidad a efectos de IRPF será necesario contar con el certificado o resolución del Instituto de Migraciones y Servicios Sociales (IMSERSO) o por el órgano designado por las Comunidades Autónomas. 

La necesidad de ayuda de terceras personas o la movilidad reducida para su justificación en la declaración de la renta se realizará según el dictamen de los Equipos de Valoración y Orientación dependientes de las CCAA y acreditarse a través del IMBSERSO o el órgano competente de la CCAA.

Además, también se asimilan como personas con grado de discapacidad quienes los contribuyentes que cumplan los siguientes casos:

Discapacidad igual o superior al 33%

En este caso se considera acreditado el grado de discapacidad por los pensionistas de la Seguridad Social que tengan reconocida una pensión de Incapacidad Permanente Total, Absoluta o de Gran Invalidez, así como los pensionistas de Clases Pasivas que tengan reconocida una pensión de jubilación o retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

Si quieres saber como tributa tu pensión no contributiva, aquí te lo explicamos.

Discapacidad igual o superior al 65%

En estos casos se asimilarán como tales las personas cuya incapacidad sea declarada judicialmente, aunque no alcancen este grado según los criterios de los equipos de valoración. Y es que la justicia prevalece sobre otros aspectos en estos supuestos.

Discapacitados en el IRPF

Un ejemplo concreto

Para que termines de entenderlo, nada con un ejemplo de la duda de Fernan, uno de nuestros lectores:

Hola, mi duda es la siguiente; ¿un pensionista de 80 años que cobra una pensión de jubilación derivada de incapacidad permanente total, se consideraría a efectos de IRPF como minusválido? ¿en el momento de hacer la declaración de la renta, podría acogerse a la deducción autonómica por grado de minusvalía? ¿en este caso se entiende que está acreditado el grado de minusvalía en un 33% aunque no posea el carnet de minusválido?

Gracias por vuestra ayuda, saludos.

En este caso, siguiendo con la definición fiscal de persona discapacitada y los supuestos asimilados, Fernan tendría la consideración de una persona con un grado de discapacidad igual o superior al 33% para hacer la declaración de la renta.

Rentas que no habrá que declarar

Entre las ventajas fiscales que Hacienda dispone para las personas con discapacidad, figuran las prestaciones que no tributan en el IRPF y que por lo tanto no se sumarán a efectos de determinar si una persona está o no obligada a presentar la declaración de la renta.

Son las siguientes:

  • Las prestaciones económicas reconocidas por la Seguridad Social como consecuencia de Incapacidad Permanente Absoluta o Gran Invalidez, así como las prestaciones familiares reguladas en el Capítulo IX, Título II del RD-Legislativo 1/1994 y las pensiones y haberes pasivos a favor de nietos y hermanos incapacitados para todo trabajo.
  • Las prestaciones de autónomos que cumplan con las condiciones anteriores.
  • Las pensiones por inutilidad o incapacidad permanente de la Seguridad Social y Claves pasivas por lesión o enfermedad inhabilitante y las pagadas a favor de nietos y hermanos menores de 22 años o incapacitados para todo trabajo.
  • Pensiones por la Guerra Civil.
  • Las ayudas económicas para personas con discapacidad igual o superior al 65% para financiar su estancia en residencias y centros de día. En este caso, sus ingresos no podrán superar el doble del IPREM, fijado en 7.455,14 euros para 2014 y que deja el límite a estos efectos en 14.910,28 euros.
  • Prestaciones por desempleo en modalidad de pago único.
  • Rendimientos de trabajo derivados de las prestaciones obtenidas en forma de renta por las personas con discapacidad que se correspondan a las aportaciones al sistema de previsión social especial constituido en favor de las mismas. También están exentos los rendimientos del trabajo derivados de las aportaciones a patrimonios protegidos de las personas con discapacidad. El límite anual conjunto de esta exención es 3 veces el IPREM o 22.365,42 euros al año.
  • Las prestaciones públicas vinculadas al servicio para cuidados y asistencia relacionados con la Ley de promoción de la autonomía personal y atención en situación de dependencia.
  • Las ayudas excepcionales por daños personales en los casos de fallecimiento y los supuestos de incapacidad absoluta permanente.

reducciones por discapadidad

Reducción a los rendimientos de trabajo

Las personas con discapacidad también disfrutan de una serie de reducciones en cuanto a sus rendimientos de trabajo que oscilarán entre los 4.080 y los 2-652 euros anuales en función de los ingresos.

También existe una reducción del 100% por prolongar la actividad laboral y también por movilidad geográfica.

La siguiente tabla resume la situación:

Grados de discapacidad Reducción por discapacidad de trabajadores actividas
Igual o superior al 33% e inferior al 65% 3.264 €
Igual o superior al 33% e inferior al 65% que acrediten necesitar ayudas de terceras personas o movilidad reducida 7.242 €
Igual o superior al 65% 7.242 €

En tributación conjunta de unidades familiares con varios trabajadores activos con discapacidad, la reducción será única y se aplicará el importe del trabajador activo de la unidad familiar con mayor grado de discapacidad.

Descubre además las deducciones por discapacidad que puedes aplicar en la declaración de la renta

Reducciones en Actividades Económicas

En el caso de estar dado de alta como autónomo o de realizar actividades económicas, se podrán aplicar una serie de reducciones en el régimen de estimación directa y minorar el rendimiento neto de sus actividades en 3.264 euros anuales con carácter general, o en 7.242 euros si acreditan necesitar ayuda de terceras personas, movilidad reducida o un grado de discapacidad igual o superior al 65 %.

 

Imagen –  Robert Kneschkehxdbzxy  y Andrey_Popov en Shutterstock

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