¿Cuántos impuestos pagas por tu moto?

Por comodidad y ahorro, la moto prolifera frente al coche en las grandes ciudades. Si estás pensando en cambiar o de coche a moto o en compaginar ambos, no pierdas de vita a Hacienda. Estos son os impuestos que tendrás que pagar por tu moto.

Cuando pensamos en el gasto de tener un coche o una moto solemos hacerlo en término del seguro, el mantenimiento o la gasolina. Sin embargo, hay muchos otros costes ocultos de tener una moto y un vehículo en general que conviene no olvidar al hacer nuestro presupuesto. Los dos impuestos sobre vehículos más importantes son el de matriculación y el de circulación, aunque no son los únicos. Al comprar una moto nueva pagarás el IVA y el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales si es de segunda mano, pero también habrá que tributar en el caso de venderla. ¡Repasamos qué tasas y tributos pagarás por tu moto!

Cuántos impuestos pagarás por tener moto

El Impuesto de Matriculación

El Impuesto de matriculación  o Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte se paga al matricular el vehículo. Por fortuna sólo se paga una vez en el momento de matricular la moto cuando es nueva o cuando, siendo de segunda mano, viene del extranjero, por ejemplo.

Como norma general, todos los vehículos están sujetos al pago de este impuesto. Sin embargo, existen excepciones, según se recoge en el siguiente cuadro y más concretamente en la columna de la derecha (pulsar para hacer más grande):

Vehículos exentos de pagar el impuesto sobre matriculación

Las motos que no estén exentas deberán hacer frente al impuesto sobre matriculación, que establece una cuantía en función del tipo de moto y las emisiones de CO2 que genere. De esta forma, los vehículos más contaminantes pagarán más. En este sentido, el tipo de moto se utiliza para determinar la base imponible o el importe sobre

La cuantía a pagar la determina el tipo de moto y las emisiones de CO2 que genere. El primero de los elementos determinará la base imponible, es decir, el importe sobre el que se pagarán impuestos, mientras que el segundo elemento establecerá el tipo a pagar. Para los vehículos nuevos la cuantía se determina en función de la base imponible que se haya utilizado para  para calcular el IVA conforme al artículo 78 de la Ley de IVA. En el caso de las motos se utilizará su valor de mercado aplicando una serie de descuentos en función de la antigüedad.

Es sobre esta base imponible sobre la que se aplicarán los tipos del impuesto, que vendrán determinados por la Ley de Calidad del Aire teniendo en cuenta las emisiones de CO2. La siguente tabla muestra el porcentaje a pagar en todo el estado en función del las emisiones de CO2.

  • Vehículos de emisiones menores o iguales a 120g/km de CO2 – 0%
  • Vehículos de emisiones mayores de 120 y menores de 160 g/km de CO2 – 4,75%
  • Vehículos de emisiones mayores o iguales de 160 y menores de 200 g/km CO2 – 9,75%
  • Vehículos de emisiones mayores o iguales a 200 g/km de CO2 – 14,75%

Además, desde la Agencia Tributaria informan de las tablas generales del Impuesto, pero en función ya del tipo de moto o coche del que se trate. Este ese el resumen:

Tipos a pagar en el impuesto de ciculación

Después, cada comunidad autónoma puede ampliar estos gravámenes hasta un máximo del 15%, algo que han llevado a cabo muchas regiones, como muestra el siguiente cuadro:

Tipos del impuesto de matriculación por CCAA
Tipos del impuesto de matriculación por CCAA

El Impuesto de Circulación

Su nombre oficial es el de Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica. Se trata de un tributo de carácter directo que se paga por el mero hecho de tener una moto y poder circular con ella. Es más, la moto no podrá circular si no has pagado el impuesto. 

Motos clásicas en el Impuesto de Ciruclación

Aunque el impuesto de circulación tiene carácter general, existen algunas excepciones que merece la pena conocer y que el  Real Decreto 2/2004 se encarga de marcar. Estos son los que afectan a motos y ciclomotores.

  • Vehículos considerados de colección. ¿Tienes una moto clásica? No pagarás el impuesto de circulación por ella.
  • Vehículos en situación de baja y no sean aptos para circular.
  • Vehículos que tengan un permiso puntual para circulación en carreras u otro tipo de eventos deportivos o festivos.
  • Vehículos oficiales de las administraciones públicas adscritos a la defensa nacional o seguridad ciudadana.
  • Vehículos de organismos consulares, representaciones diplomáticasy todos aquellos extranjeros acreditados para circular por el pais.

Si tu moto no se encuentra entre estos vehículos, deberás pagar el impuesto de circulación. Los ayuntamientos son los encargados de establecer la cuantía a pagar. De nuevo, el importe del impuesto dependerá de su potencial y de lo ecológico que sea. Es lo que algunos consistorios, como el de Madrid, denominan caballos fiscales. La siguiente tabla recoge las disposiciones generales:

Pero volviendo al ejemplo madrileño, este es un ejemplo de lo que deberás pagar para poder circular con tu moto.

  • Ciclomotores: 8 euros.
  • Motocicletas:
    • Hasta 125 centímetros cúbicos: 8 euros.
    • De más de 125 hasta 250 centímetros cúbicos: 13 euros.
    • De más de 250 hasta 500 centímetros cúbicos: 30 euros.
    • De más de 500 hasta 1.000 centímetros cúbicos: 60 euros.
    • De más de 1.000 centímetros cúbicos: 121 euros.

El impuesto de circulación se devenga de forma anual a 1 de enero y tiene duración hasta el 31 de diciembre. Es decir, se paga por poder usar la moto durante un año completo.

El IVA en la moto

Sólo si compras una moto nueva pagarás el IVA. Con carácter general, el IVA en la compra de tu moto será del 21%, aunque como ya has visto en el cuadro del Impuesto de Matriculación, existen exenciones.  Estas son las que se aplicarán a los vehículos del cuerpo diplomático o a los de las Fuerzas Armadas. Del mismo modo,

Comprar el coche está sujeto al pago del IVA correspondiente. El tipo de IVA a con carácter general es del 21%, si bien existen exenciones que se aplucan para los vehículos del cuerpo diplomático o de las Fuerzas Armadas, según se puede observar también en el cuadro anterior.

La mayoría de personas pagará este IVA y se olvidará de la cuestión, pero en el caso de los trabajadores autónomos podrán deducir el IVA soportado por la compra en caso de que la moto esté afecta a la actividad empresaria. Dicho de otra forma, si eres trabajador por cuenta propia y utilizas la moto para trabajar podrás imputar ese IVA como IVA soportado y deducirlo en tu declaración trimestral de IVA. 

En ese punto existe una polémica sobre si es o no imputable el IVA cuando la moto no sólo se utiliza para trabajar. Aunque está aceptado que en esos casos se impute sólo el 50% del IVA -esto se tiende a aplicar, por ejemplo, al caso de la gasolina, existe doctrina que considera que se puede imputar la totalidad incluso cuando el coche no esté 100% afecto a la actividad. En este sentido se pronuncia la   la Sentencia Nº 213:2008 14-04-2010 Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana.

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales

En el caso de que tu moto no sea nueva y que optes por comprar una moto de segunda mano ya no tendrás que pagar el IVA, sino el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. Su cálculo se realiza en función del valor de mercado de la moto según lo dispuesto en las tablas GANVAM que puedes consultar en este enlace. Para establecerla base imponible también abrá que aplicar un multiplicados al valor de mercado en función de los años de uso del vehículo. La siguiente tabla muestra cuál debe ser el mismo:

Impuesto de transmisiones patrimoniales tabla coche

El porcentaje a pagar dependerá de cada Comunidad Autónoma, ya que en este caso la gestión del impuesto también está transferida, aunque ronda el 4%.

Impuesto sobre el Patrimonio

Las motos también deben incluirse en el Impuesto sobre el Patrimonio junto con el resto de bienes. Por fortuna, el común de los contribuyentes estará exento de declarar por este impuesto, ya que para ello su patrimonio debe alcanzar los  700.000 euros, excluida la vivienda habitual hasta los 300.000 euros.

Si no llegas a los citados 700.000 euros de patrimonio no estarás obligado a declarar.

Impuestos especiales

En realidad no existe ningún impuesto especial sobre los motos, aunque sí un impuesto especial que pagan todos los vehículos. Estamos hablando del  impuesto especial sobre hidrocarburos que es el que se aplica sobre la gasolina y uno de los causantes de que el precio de la gasolina sea tan algo. Si quieres saber más sobre cómo se forma el precio de la gasolina, aquí te lo explicamos.

Imagen – saiko3p en Shutterstocky  Mirvav / Shutterstock.com

 

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