Qué documentación hay que llevar a cita de la renta 2014

Lo primero es conseguir cita en el lugar y hora deseados y a partir de ahí, prepararse adecuadamente. Lo primero, aportar todos los datos que Hacienda pueda necesitar para hacer la declaración. Estos son los documentos que no puedes dejar de llevar contigo a tu cita con Hacienda para hacer la renta 2014.

La cita previa para hacer la declaración de la renta 2014, que es a la que hacemos frente en 2015, es la tabla de salvación para muchos contribuyentes que bien no tienen recursos para contratar un asesor fiscal o estiman que su declaración es tan sencilla que basta con la ayuda de la propia Agencia Tributaria.

En este caso el primer paso es solicitar cita previa para confeccionar el borrador, algo que puede hacerse desde el 6 de mayo hasta el 29 de junio a través de la página web de Hacienda en el apartado de «Cita Previa» o de «Renta 2014 Express por Internet» o por teléfono llamando al 901 200 351 o al 91 290 13 40 en horario de lunes a viernes de 9 a 19 horas..

 

Documentación para hacer la declaración de la renta en 2013

Una vez hayamos concretado día y hora bastará con acudir al lugar previsto -no siempre son las oficinas de Hacienda- y no olvidar llevar con nosotros determada documentación. ¡Vamos a repasar qué documentos habrá que aportar a la cita para hacer la declaración de la renta-.

  • DNI, Pasaporte o Tarjeta de residencia
  • Datos del domicilio fiscal y referencia catastral del mismo.
  • Datos salariales: suelen enviarse junto con el borrador de la renta entre los datos fiscales que remite la AEAT. En cualquier caso, bastará con llevar sino nuestras nóminas o el certificado que nos entregará la empresa.
  • Datos bancarios: todos los años el banco nos envía una carta donde se puede leer claramente información fiscal. Ahí aparecerán los intereses de nuestras cuentas bancarias, depósitos y cualquier otra inversión que tengamos con el banco. En el caso de las acciones, es importante que figure claramente la fecha de adquisición y venta de los títulos. No te olvides de tu número de cuenta con su IBAN, porque también lo necesitarás.
  • Datos de la hipoteca: no es necesario llevar el contrato hipotecario entero, pero sí los datos básicos como la fecha de compraventa del inmueble, número de catastro -también del garaje en caso de que se vaya a incluir- y cantidades destinadas al pago de la hipoteca.
  • Datos del pago de alquiler: de nuevo, no es necesario llevar el contrato, aunque puede hacerse. Bastará con tener apuntadas las cantidades que se han pagado de alquiler en caso de poder disfrutar de una deducción del mismo, aunque también es recomendable aportar el contrato que justifique el arrendamiento.
  • Datos bancarios: los datos de la entidad en la que queremos domiciliar el pago o el cobro de la decoración de la renta.
  • En caso de haber comprado y vendido la vivienda habitual, será necesario aportar las fechas de transmisión y los importes reales de la compra-venta de la vivienda, así como los gastos y tributos que se originaron con la misma y las declaraciones de los ejercicios en las que se practicaron deducciones por la vivienda transmitida.

Acuérdate también de llevar contigo cualquier documento que puedas necesitar para justificar las deducciones a las que tienes derechos. No es que Hacienda te lo vaya a pedir en el momento, de esta forma facilitarás el trabajo a quien te está ayudando con tu declaración. En esta línea, es posible agilizar los trámites y la confección de la declaración si previamente se rellenan unos formularios con los datos más importantes. Actualmente Hacienda permite rellenar tres formularios que son los siguientes:

  • Datos de arrendamientos y deducción pro alquiler de vivienda.
  • Datos de cantidades pendientes de deducción por obras de mejora en vivienda.
  • Datos de transmisiones de bienes.

Las declaraciones de terceras personas

Hacienda también permite hacer a través de la cita previa las declaraciones de terceras personas. Para ello, deberán designarte como representate autorizado al solicitar la cita previa y firmar el modelo de autorización –aquí puedes descargarlo– que después deberás llevar contigo cuando vayas a que te ayuden con el IRPF.

Además, también deberás llevar una fotocopia de su DNI. De hecho, esta fotocopia también deberás llevarla en caso de declaraciones conjuntas por cada miembro que componga la unidad familiar.

¿Y si hay un error?

Antes de acudir a Hacienda para que nos ayude a hacer la declaración de la renta hay que recordar que la última decisión respecto al IRPF recae sobre nosotros como contribuyentes, es decir, que la AEAT ‘se lavará las manos’ en caso de que haya un error en la renta y que la responsabilidad en este caso caerá sobre nosotros.

 

Imagen – Shutterstock

Publicidad

¿Algo que añadir? ¡No te cortes!

Loading Facebook Comments ...