Cómo tributa la pensión de viudedad en la declaración de la renta

La pensión de viudedad es una de las prestaciones más comunes de la Seguridad Social. Más de 1,5 millones de personas la reciben cada mes en España. Su objetivo es garantizar ingresos a quienes han perdido a su cónyuge o pareja de hecho, pero también tiene implicaciones fiscales.

A efectos de Hacienda, la pensión de viudedad tributa en el IRPF como un rendimiento del trabajo. En otras palabras, quien la cobra debe incluirla en su declaración de la renta, igual que si percibiera un salario. Veámoslo en detalle.

Qué es la pensión de viudedad y quién puede cobrarla

La pensión de viudedad es una prestación económica que busca compensar la pérdida de ingresos tras el fallecimiento del cónyuge o pareja registrada. Es de carácter vitalicio y su importe depende de las cotizaciones del fallecido y de la situación personal del beneficiario.

Para acceder, es necesario que el fallecido haya cotizado un periodo mínimo y que el solicitante cumpla con los requisitos de convivencia o matrimonio que establece la ley.

En 2024, las cuantías mínimas y máximas de la pensión de viudedad están fijadas por la Seguridad Social y publicadas en el BOE mediante resolución anual. Las mínimas fueron:

  • Con cargas familiares: 834,90 euros mensuales.
  • Entre 60 y 64 años: 675,20 euros mensuales.
  • Mayores de 65 años o con discapacidad igual o superior al 65%: 721,70 euros mensuales.
  • Menores de 60 años: 546,80 euros mensuales.

La pensión máxima de viudedad vigente es de 2.707,49 euros al mes, lo que equivale a 37.904,86 euros al año.

Por qué la pensión de viudedad tributa en el IRPF

Aunque muchas personas asocian las pensiones con un ingreso exento, la pensión de viudedad está sujeta a tributación según la Ley 35/2006, del IRPF, que considera las pensiones públicas, entre ellas la de viudedad, como rendimientos íntegros del trabajo, del mismo modo que un sueldo.

Esto se debe a que la pensión deriva del trabajo y las cotizaciones de la persona fallecida. Por tanto, Hacienda aplica el mismo criterio fiscal que a cualquier otro ingreso laboral: está sujeta a retención y debe declararse.

Por eso, ante la duda de si hay que tributar por una pensión, sea de viudedad o de cualquier otro tipo, la respuesta será afirmativa.

Retenciones del IRPF en la pensión de viudedad

Las pensiones de viudedad incluyen retenciones a cuenta del IRPF. El porcentaje depende de la cuantía total que se cobre al año y de la situación personal o familiar del beneficiario. A modo orientativo, los tipos mínimos de retención son:

  • Hasta 12.000 euros anuales: 1%.
  • De 12.001 a 18.000 euros: 2,61%.
  • De 18.001 a 24.000 euros: 8,69%.
  • De 24.001 a 30.000 euros: 11,83%.
  • Más de 30.000 euros anuales: 15,59%.

Estos porcentajes son aproximados y pueden variar según las circunstancias del pensionista. Por ejemplo, quienes tienen hijos a cargo o discapacidad reconocida pueden tener un tipo menor. 

La Agencia Tributaria dispone en su web de una calculadora para comprobar la retención exacta aplicable.

Cuándo hay que declarar la pensión de viudedad

No todas las personas que cobran una pensión de viudedad están obligadas a presentar la declaración de la renta. La obligación depende del importe anual y de si existen uno o varios pagadores.

En la campaña de la Renta 2024-2025, los límites de obligación de presentar la declaración están regulados por la Orden HAC/242/2025, de 13 de marzo, publicada en el BOE, que establece los criterios para un único pagador y para varios pagadores.

  • Un solo pagador y más de 22.000 euros al año: hay obligación de declarar.
  • Varios pagadores y el segundo no supera 1.500 euros, siempre que el total anual sea superior a 22.000 euros: también hay que declarar.
  • Varios pagadores y el segundo supera 1.500 euros, con un total superior a 15.000 euros: igualmente existe obligación.

Es importante recordar que, aunque las retenciones se apliquen correctamente, la obligación de presentar la renta depende siempre de los ingresos totales y de las circunstancias personales del contribuyente.

En la campaña de la Renta 2024-2025, los límites de obligación de presentar la declaración están regulados por la Orden HAC/242/2025, de 13 de marzo, publicada en el BOE, que establece los criterios para un único pagador y para varios pagadores.

Cómo incluir la pensión de viudedad en la renta

La Seguridad Social comunica directamente a Hacienda los importes de la pensión y las retenciones practicadas. Por eso, la pensión de viudedad aparece de forma automática en el borrador de la renta como rendimiento del trabajo.

El contribuyente solo debe revisar que los datos sean correctos y confirmar la declaración. Si se perciben otros ingresos, como otra pensión o un salario, habrá que comprobar si se superan los límites de obligación.

Imaginemos una persona que cobra una pensión de viudedad de 17.000 euros anuales y no tiene otros ingresos. Al tener un solo pagador y no superar los 22.000 euros, no está obligada a declarar. Si esa misma persona recibe además una pensión de 3.000 euros por otro concepto, tendrá dos pagadores. El total sería de 20.000 euros y, al superar los 15.000 euros, sí tendría que presentar la renta.

Aunque no siempre sea obligatorio, puede resultar conveniente presentar la declaración si se han practicado retenciones y se espera devolución.

Para concluir, la pensión de viudedad se considera un rendimiento del trabajo y, por tanto, tributa en el IRPF como cualquier otro ingreso. La retención y la obligación de declarar dependen del importe total y de si existen varios pagadores.

En 2024, las cuantías mínimas van desde 546,80 euros hasta 834,90 euros mensuales, mientras que la pensión máxima alcanza los 2.707,49 euros. Conocer estas cifras y revisar el borrador de la renta con detalle ayuda a evitar errores y posibles sanciones.

En definitiva, la pensión de viudedad ofrece una protección económica fundamental, pero conviene tener presente que también está sujeta a Hacienda.

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