El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado que las becas otorgadas a estudiantes bajo el programa Erasmus+ no deben sumarse ni emplearse para alterar el cálculo del impuesto sobre la renta de los progenitores que tienen a su cargo a estos hijos.
Esta decisión, basada en la sentencia del 16 de enero de 2025 (asunto C-277/23), refuerza la libertad de circulación y residencia dentro de la Unión Europea, además de proteger el acceso a la movilidad educativa sin penalizaciones fiscales para las familias.
¿Qué dice la ley sobre las becas y la declaración de renta?
La sentencia del TJUE aborda una situación en la que la administración tributaria croata eliminó el incremento de deducción personal por hijo a cargo de una madre contribuyente, argumentando que los ingresos de su hijo —provenientes de una beca Erasmus+— superaban el umbral establecido por la legislación nacional.
El TJUE resolvió que esta medida representa una restricción a la libertad de circulación. Este derecho no solo aplica al estudiante que ejerce dicha libertad al participar en el programa Erasmus+, sino también al progenitor que se ve directamente perjudicado por la carga fiscal adicional.
La sentencia del TJUE: claves principales
El tribunal dejó claro que tomar en cuenta las becas Erasmus+ para sumar ingresos o modificar las deducciones fiscales vulnera derechos fundamentales recogidos en los artículos 20 y 21 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).
Según el fallo, las becas no deben considerarse como un aumento de la capacidad contributiva de los progenitores, ya que están destinadas exclusivamente a facilitar la movilidad educativa de los estudiantes.
En este caso, el estudiante croata recibió una beca para cursar estudios en Finlandia. Sin embargo, su madre perdió el beneficio fiscal asociado por hijo a cargo debido a que los ingresos de la beca excedían el límite establecido en Croacia.
El tribunal consideró que este enfoque desincentivaba la movilidad educativa y, por tanto, contradecía uno de los objetivos clave del programa Erasmus+: promover la movilidad de los estudiantes dentro de la Unión Europea.
¿Qué implicaciones tiene para los padres contribuyentes?
La sentencia del TJUE protege a los padres contribuyentes al garantizar que las becas Erasmus+ no se sumen ni influyan de forma negativa en la determinación de los beneficios fiscales asociados.
Esto implica que los progenitores con hijos beneficiarios de estas becas no tendrán que preocuparse por que su declaración de renta se vea afectada de forma injusta.
En cualquier caso, esta sentencia no cambia cómo tributan las becas en la renta en España, aunque sí es una mejora de cómo funcionan los gastos de formación en el IRPF.
Erasmus+ y su impacto en la tributación familiar
El programa Erasmus+ tiene como objetivo fomentar la movilidad educativa en Europa, permitiendo que los estudiantes estudien en otros Estados miembros sin las barreras económicas que la movilidad puede suponer. Las becas asociadas a este programa están diseñadas para cubrir los costes adicionales derivados del traslado y estancia en el extranjero.
El TJUE reconoce que cualquier restricción fiscal que penalice a los padres de estos estudiantes puede obstaculizar este derecho y socavar los principios fundamentales de la Unión Europea en materia de educación y movilidad.
¿Cómo evita esta sentencia restricciones a la libre circulación?
La sentencia establece que no se pueden usar los ingresos derivados de estas becas para modificar deducciones fiscales o sumar ingresos en el cálculo del impuesto sobre la renta de los padres.
Esto garantiza que los estudiantes puedan ejercer su derecho a la movilidad educativa sin que ello genere consecuencias fiscales negativas para sus familias.
Un paso adelante para los derechos fiscales y la movilidad educativa
El fallo del TJUE representa un avance significativo para proteger tanto los derechos fiscales de los progenitores como la libertad de circulación de los estudiantes. A partir de ahora, los Estados miembros deberán garantizar que las becas Erasmus+ no se sumen ni se utilicen para alterar las deducciones fiscales de los progenitores.
Esta decisión elimina una restricción injustificada, y además refuerza la importancia de los programas de movilidad educativa en la construcción de una Unión Europea más unida y accesible. Los padres contribuyentes pueden estar tranquilos: las becas de sus hijos están diseñadas para facilitar su desarrollo académico, no para complicar su situación fiscal.
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