¿Cuánto tendré de devolución de hacienda en 2013?

aeat-logo1Dentro de las obligaciones tributarias de los ciudadanos obviamente la declaración de la renta pasa por ser uno de los puntos referenciales anuales en este sentido. Para obtener todos los datos relativos al calendario del proceso de declaración de la renta se puede realizar consultas sobre el calendario fiscal de la propia Agencia Tributaria, en este caso, cuando hablamos de la Devolución de renta 2013 (para aquellos influyentes a los que les corresponda) el proceso comenzaría con él plazo para la solicitud del borrador de la renta 2013, que comprendería el periodo entre el 10 abril y el 27 junio, incluyendo ambos días, teniendo cuenta que las solicitudes de citas para la ayuda a la confección del borrador arrancarían el día 3 mayo.

Posteriormente y como fecha límite para con la confirmación del borrador del impuesto de la renta de las personas físicas se establecería el día 2 julio del presente año 2013, por último, y en lo que se refiere precisamente a la devolución que surja de las declaraciones de la renta el plazo límite existente para dicha devolución se fijará en el 31 diciembre.

Debemos saber que en este caso la fecha límite de devolución de la Hacienda 2013 no va a significar necesariamente la percepción de las cantidades a devolver, ya que hacienda puede retrasarse en tal cuestión, aunque en este caso en la fecha efectiva de cobro a la cantidad surgida en la devolución se sumarán los intereses de demora correspondientes.

Calcular a devolucion de Hacienda

Para calcular la devolución de la Hacienda 2013 podemos utilizar un programa de ayuda como el Programa Padre u otros smiludores más simples que ya están disponibles.

En cualquier caso, el resultado de la declaración de IRPF será el determinado por las retenciones que nos hayan practicado menos lo que a efectos reales toque pagar en la declaración de la renta. Es decir, que durante todo el año Hacienda resta un dinero de nuestra nómina en previsión al pago del IRPF. Si después el resultado del IPRF supera retenciones que nos han practicado, habrá que pagar a Hacienda, mientras que si es menor, será la AEAT quien deberá devolvernos ese dinero que nos retuvieron.

En este sentido, no debemos dejar de recordar las deducciones que podemos practicar y que con carácter general para este año 2013 se mantienen las ocho siguientes: la adquisición de vivienda habitual habitada dentro de un plazo de 12 meses desde la fecha de compra como primera vivienda, rehabilitación de la vivienda habitual, alquiler de la vivienda habitual en este caso tanto para la arrendador como el arrendatario, rendimientos del trabajo y actividades económicas, aportaciones a planes de pensiones, donativos, actuaciones para la protección del patrimonio histórico, en este caso exclusiva para bienes declarados a tal efecto por la Unesco, y nacimiento de hijos, en este caso orientado las madres trabajadoras con hijos menores de tres años.

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