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Existe un producto que desgrava y que suele ser el gran olvidado por los contribuyentes: los seguros. Aunque en realidad son pocos los que permiten ahorrarse impuestos, los hay. ¿Cuáles son los requisitos que hay que cumplir para que interese reflejarlos en la declaración de la renta?

La mayoría de gastos habituales del hogar no desgravan para el contribuyente medio. Sin embargo, hay excepciones relevantes, especialmente para autónomos y propietarios que alquilan vivienda. La clave no está en el gasto en sí, sino en quién lo paga, para qué se utiliza y en qué situación fiscal se encuentra el contribuyente, como explican desde Selectra.

Destacan que "los seguros son uno de los gastos más extendidos en los hogares, pero también de los que menos impacto tienen en la declaración". "Son uno de los gastos deducibles más desconocidos y mal aplicados en la Renta", apuntan en el comparador Acierto.com.

¿Qué seguros pueden desgravarse en la Renta 2025? En cuanto al seguro de coche, no es deducible para particulares y solo pueden deducirse esta póliza (hasta el 100%) los autónomos que compraron y registraron el vehículo con fines laborales. Esto incluye perfiles como comerciales, repartidores o profesionales que necesitan el coche para trabajar.

En estos casos, pueden deducirse tanto el seguro como otros costes asociados (combustible, mantenimiento) en proporción al uso profesional. Además, el coche debe considerarse elemento patrimonial afecto, es decir, ha de usarse exclusivamente para desempeñar la actividad profesional y ser imprescindible para generar ingresos.

Hacienda permite la deducción al 100% también, aunque haya uso accesorio, en casos como transporte de mercancías, servicios de transporte a clientes, clases de conducción, traslado de trabajadores o vendedores y pruebas, demostraciones o actividad comercial.

Respecto al seguro de hogar, su impacto fiscal también es limitado pues solo es deducible si está vinculado a una hipoteca en vigor firmada antes del 1 de enero de 2013 y es vivienda habitual. La deducción máxima permitida es de 1.356 euros anuales.

Pueden deducirse también este seguro los autónomos que trabajan en casa y tienen vinculada su actividad al domicilio, pero solo un porcentaje que se calcula en base a la superficie de la vivienda que ocupan para desempeñar dicha actividad.

Además, los propietarios que tienen una vivienda en alquiler pueden desgravarse este seguro como gasto necesario para obtener rendimientos del capital inmobiliario, reduciendo así su base imponible.

Por su parte, para que el seguro médico pueda desgravarse hay que trabajar por cuenta ajena y haberlo contratado a través de la empresa, como parte de un Plan de Retribución Flexible, por ejemplo, o bien ser autónomo y tributar en el régimen de estimación directa. En este caso, el gasto debe incluirse en la casilla 200, tiene que estar registrado en la contabilidad, justificado con factura y corresponder al ejercicio fiscal.

Los autónomos pueden deducir hasta 500 euros por persona asegurada, o de 1.500 euros en caso de discapacidad, incluyendo cónyuge e hijos menores de 25 años a cargo que no superen el SMI.

Por último, sobre el seguro de vida, existen dos escenarios ante los cuales es posible deducirse. El primero es que se encuentre vinculado a una hipoteca en vigor de una vivienda habitual adquirida antes del 1 de enero de 2013. En total se puede deducir hasta el 15% de las cantidades destinadas a la compra del inmueble. El segundo, los autónomos que tributan en régimen de estimación directa, pues la Agencia Tributaria lo considera como un gasto deducible ligado al desarrollo de su actividad.

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