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De cara a las elecciones europeas que se celebrarán el próximo 9 de junio, los estudiantes Erasmus o ciudadanos españoles que residan en un país de la UE podrán votar en el país donde residan si están dados de alta como residentes ante la Oficina Consular, según explica Legálitas.

Aquellos que no estén dados de alta tiene que seguir los trámites de voto en el exterior como no residente. En este sentido, si desean votar, deben solicitar el voto por correo o venir a España para votar.

Asimismo, Legálitas señala que las personas que residan en un tercer país (no miembro de la Unión Europea) tanto si son residentes como si no lo son, votarán según el proceso de voto en el exterior.

De este modo, en el caso de que les tocara participar en la mesa electoral, si el ciudadano no está dado de alta como residente en el país de destino de la Unión Europea o ha efectuado el trámite tras el cierre del censo electoral, es posible alegar la dificultad para asistir a la mesa electoral justificándolo en la residencia habitual en dicho país.

Existen otros casos como el de estar de viaje en algún país de la UE. En ese caso, es posible solicitar el voto en el país en el que se encuentre. Para ello, debes hacerlo ante el país de la Unión Europea en el que residas, es decir, has de dirigirte a la Embajada de tu país de residencia.

Por ejemplo, un español residente en España que durante la jornada electoral se encuentre en Bélgica deberá ejercer el derecho al sufragio ante las autoridades españolas, es decir, dirigirse ante la Embajada o Consulado Español para poder votar.

Del mismo modo, un ciudadano francés residente en España si el día de las elecciones se va a encontrar en Bélgica también debe dirigirse a la Embajada o Consulado de España en Bélgica.

Asimismo, en el caso de tener doble nacionalidad, en España sólo se reconoce la doble nacionalidad de dos países de la Unión Europea (Portugal y Francia). Por lo tanto, si se ostenta la nacionalidad española y de otro país de la Unión Europea, se vota en el país de la Unión Europea donde se resida.

Si aún no se tiene la nacionalidad española, sólo se podrá votar en las elecciones europeas si se ostenta la nacionalidad de otro estado miembro de la Unión Europea.

Esto se debe a que si no hay resolución que establezca la concesión de la nacionalidad española, hasta ese momento la titularidad de dicha nacionalidad es una mera expectativa.

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