¿Te gusta crear contenido o vender online? Así te afecta en la declaración de la Renta

Es necesario conocer cómo estas ganancias pueden impactar en la Renta

Ángela Martín
Bolsamania | 19 abr, 2021 06:00 - Actualizado: 09:12
creador de contenido

La Campaña de Declaración de la Renta de este 2021 estará marcada principalmente por los Expedientes de Regulación de Empleo (ERTE), una consecuencia más de la pandemia del coronavirus, así como por el comienzo del Ingreso Mínimo Vital (IMV) aprobado por el Gobierno. Sin embargo, no se puede dejar a un lado las nuevas formas de ganar dinero que el avance de las nuevas tecnologías trae consigo. Así, creadores de contenido en redes, vendedores de segunda mano o poseedores de criptomonedas deben saber cómo influyen estos ingresos en su declaración.

Son muchas las personas que ya han presentado sus declaraciones. Tan solo en los dos primeros días de Campaña se llegaron a presentar cerca de 1 millón y medio de ellas, lo que pone de manifiesto las dudas que genera este año la Renta, ya que los contribuyentes deciden apresurarse a presentar sus declaraciones por los posibles problemas que pudieran surgir.

Sebastián Olivera, director general de TaxScouts en España destaca que “hay que conocer cómo las ganancias de estas plataformas pueden impactar en la declaración de la renta, pues no incluirlas puede implicar una sanción. Recomendamos siempre revisar el borrador para comprobar que se hayan incluido todos los ingresos, pero también todas las deducciones”.

Hay que recordar que únicamente es necesario presentar la declaración de la renta si se supera el mínimo de ingresos exigidos (22.000 euros de ingresos o 14.000 euros en caso de haber tenido dos pagadores).

CREADORES DE CONTENIDO

Esto son usuarios activos de plataformas como Twitch, YouTube o Patreon, las cuales permiten seguir los contenidos de creadores a cambio de una suscripción mensual o, en la mayoría de los casos, de forma gratuita.

Para aquellos que realizan esta actividad y obtienen ganancias de ello, superando el salario mínimo interprofesional (SMI), que está fijado mediante la prórroga provisional del Real Decreto del 4 de febrero de 2020 en 950 euros al mes en 14 pagas, deben darse de alta en el régimen de autónomos y cumplir las obligaciones asociadas a dicho régimen.

En el caso de recibir regalos de marcas con las que colaboran, también deben ser declarados a Hacienda, ya que los considera retribución en especie. Igualmente, los creadores deben emitir facturas y repercutir el 21% de IVA a todos sus clientes por lo que los asesores de TaxScouts recomiendan llevar un seguimiento muy concienzudo para poder sacarle el máximo partido a la declaración de la renta.

ACCIONES EN BRÓKERS EXTRANJEROS Y CRIPTOMONEDAS

Si se tienen acciones en brókers extranjeros, es obligatorio presentar el modelo D-6, presentable del 1 al 31 de enero indicando las acciones que se tuvieran en brókers extranjeros a fecha 31 de diciembre.

Su presentación no implica el pago de ningún impuesto, pero no presentarlo puede acarrear una sanción del 25% del importe no declarado, con un mínimo de 3.000 euros, o hasta 600 euros de multa si se hace fuera de plazo.

Si el valor de las acciones en el extranjero o de las criptomonedas a 31 de diciembre fuera superior a los 50.000 euros, también hay que presentar el modelo 720, cuyo plazo se extiende hasta el 31 de marzo.

La compra de criptomonedas no implica ninguna obligación tributaria, pero sí la venta. En ese caso, los rendimientos o pérdidas generados por su venta deben incluirse en la declaración de la renta en el apartado de ganancias y pérdidas patrimoniales. Aunque las operaciones no aparezcan en el borrador de la declaración de la renta, es obligatorio incluirlas.

Para calcular el importe a incluir en la declaración de la renta hay que aplicar el tipo de cambio de la divisa en la que esté la acción a euros del día en que se hizo la venta.

APUESTAS DEPORTIVAS

Las ganancias obtenidas por apuestas deportivas deberán ser incluidas en el apartado de ganancias y pérdidas patrimoniales. Los bonos y promociones recibidas también son considerados como ganancias que deben ser declaradas.

En el caso de que no se esté obligado a hacer la declaración de la renta, si se han obtenido más de 1.600 euros de ingresos derivados de apuestas deportivas, se hace obligatorio presentar la declaración de la renta, incluyendo estos ingresos en el apartado de ganancias y pérdidas patrimoniales.

VENTA DE PRODUCTOS DE SEGUNDA MANO

Las ventas de artículos por Vinted, Wallapop u otras aplicaciones para vender productos de segunda mano, deben ser declaradas, pero solo si el precio final de venta es superior al de la compra, algo poco frecuente, pero que puede ocurrir con artículos de coleccionista o restauraciones. En ese caso, Hacienda considera que existe una ganancia patrimonial que deberá quedar reflejada en el apartado de base imponible del ahorro en la declaración de la renta.

Si las ventas en estas plataformas fueran habituales, y el volumen de ingresos superior al SMI, se podría considerar que se está realizando una actividad económica, por lo que el vendedor debería darse de alta como autónomo, declarar el IVA y cumplir el resto de las obligaciones de los autónomos.

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