La banca pone comisiones a la cuenta básica dirigida a evitar la exclusión

La ley permite que este producto tenga costes, aunque el Gobierno deberá limitarlos

La cuenta de CaixaBank no tiene comisiones

Elena Lozano
Bolsamania | 02 jul, 2018 06:00
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Sucursal, banco SantanderEUROPA PRESS

Siete meses después de la aprobación del Real Decreto-ley que regula las cuentas de pago básicas, los principales bancos tienen las suyas en funcionamiento, pero con comisiones. La norma establece que los costes del producto se podrán pactar libremente entre cliente y entidad, pero el Ministerio de Economía debe limitar el importe máximo y aún no hay reglamento para ello.

Santander, BBVA, CaixaBank, Bankia, Sabadell y Bankinter, los bancos más grandes del país, disponen de este producto diseñado para evitar la exclusión financiera. La comisión de mantenimiento de la cuenta más cara es la de Sabadell, seguida por Santander, Bankinter y Bankia.

El banco que preside Josep Oliu oferta su cuenta básica con una cuota de mantenimiento de 30 euros al trimestre (120 euros al año) y otra de 0,8 euros por apunte. Al contratar la cuenta no es obligatorio hacerse con una tarjeta.

En el caso de la entidad presidida por Ana Botín, la ‘Cuenta básica’ tiene una comisión de administración de 0,65 euros por apunte más otra de mantenimiento de 24 euros al trimestre (96 euros al año). La tarjeta de débito asociada a esta cuenta tiene una cuota de emisión de 3 euros y otra del mismo importe por renovación del plástico, pero en cualquier caso no es obligatoria su contratación, como tampoco lo es la de la banca a distancia.

La de Bankinter, llamada ‘Cuenta de pago básica’, tiene una comisión de mantenimiento de 45 euros al año. Entre los requisitos para solicitar esta cuenta, la entidad señala que es necesario ser cliente nuevo y no tener cuentas en otros bancos, evitando así el riesgo de que alguien cierre su cuenta para abrir una básica.

En cuanto a la 'Cuenta de pago básica' de Bankia, el abono necesario por mantenimiento de la cuenta es de 10 euros al trimestre (40 euros al año). La tarjeta asociada a la cuenta, cuya contratación es opcional, también tiene comisiones. La cuota de alta y de mantenimiento de la tarjeta tienen el mismo importe, 8,25 euros, a las que se suma una comisión de 4 euros por duplicado en caso de extravío.

CAIXABANK, SIN COMISIONES

La ‘Cuenta básica Microbank’ de CaixaBank es la única que no tiene comisiones de mantenimiento y la entidad da la opción al cliente de elegir una libreta o el extracto para anotar sus operaciones. Tampoco tiene comisiones su tarjeta de débito asociada.

Por último, BBVA también ha creado una cuenta básica que ofrece los servicios que requiere la ley, si bien el producto es nuevo, por lo que desde el banco no se especifica por el momento si tendrá comisiones y, en ese caso, cuáles serán.

La norma explica que el establecimiento de las comisiones es libre, aunque el Gobierno debe aprobar unos límites a estos costes. Para ello es necesario un reglamento que aún no se ha puesto en marcha, en el que también debe hablarse de la creación de un comparador web de comisiones por parte del Banco de España, la autoridad designada para verificar el cumplimiento del Real Decreto-ley.

GARANTIZAR EL ACCESO UNIVERSAL AL SISTEMA

Este tipo de cuentas está dirigido a potenciar la inclusión financiera y a garantizar que cualquier persona puede acceder a una cuenta, independientemente de su situación financiera. Así, es posible solicitarla a pesar de no tener un domicilio fijo.

De hecho, para pedirla es necesario bien ser residente legal en la Unión Europea, bien ser solicitante de asilo o bien ser ciudadano sin permiso de residencia, pero en cuyo caso la expulsión sea imposible por razones jurídicas o de hecho. La condición esencial para poder solicitar esta cuenta es no disponer de otra, pues el objetivo de la cuenta es garantizar el acceso universal al sistema financiero a cualquier ciudadano.

En el caso de todos los bancos la contratación de la tarjeta u otros servicios es opcional para el cliente, pues así lo exige la norma: “El acceso a la cuenta de pago básica no podrá supeditarse a la adquisición de otros servicios, ni a la adquisición de participaciones en el capital, o instrumentos análogos, de la entidad de crédito, salvo que fuese impuesto por la normativa aplicable o bien requisito ineludible para toda la clientela de la entidad”.

Si la cuenta no se utiliza en dos años consecutivos, el cliente la utiliza para fines ilícitos o el usuario abre una cuenta con posterioridad a contratar la básica que le permite tener acceso a los servicios básicos el banco podrá cancelar este producto.

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