El Supremo revisará su decisión sobre hipotecas el 5 de noviembre

El tribunal defiende que los magistrados y el presidente de la Sala han actuado con independencia

Elena Lozano
Bolsamania | 22 oct, 2018 13:40 - Actualizado: 16:09
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Fachada del Tribunal SupremoEUROPA PRESS

La confirmación o rectificación de la decisión del Tribunal Supremo sobre quién debe pagar la parte correspondiente al impuesto en la concesión de hipotecas no llegará hasta dentro de dos semanas. El presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, Luis María Díez-Picazo, ha convocado al Pleno de la Sala para el próximo 5 de noviembre.

Esta misma Sala dictó hace unos días que el banco deberá hacerse cargo del pago del Impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados en la firma de una hipoteca. Sin embargo, un día después el presidente de la Sala decidió, a la vista del fuerte impacto económico y social de la noticia, avocar al Pleno de lo Contencioso-Administrativo para ratificar o revocar esta decisión, que cambia la jurisprudencia anterior sobre el mismo tema.

Esta reunión del Pleno se celebrará el 5 de noviembre y en ella se tratarán los recursos de casos similares. En todo caso, el Tribunal Supremo ha dejado claro que ni la sentencia del jueves ni las que ya sean firmes se pueden revisar. Así, el encuentro servirá para discernir qué parte debe pagar el impuesto.

Díez-Picazo ha tomado esta decisión tras mantener una reunión con el presidente del Tribunal Supremo, Carlos Lesmes, y su vicepresidente, Ángel Juanes, así como con los magistrados que dictaron la sentencia el pasado jueves, Nicolás Maurandi, Ángel Aguallo, José Diaz, Francisco Jose Navarro, Jesús Cudero y Dimitry Berberoff.

En su comunicado, el Supremo afirma que los magistrados de la Sala y el presidente han actuado en relación con este tema "en todo momento" con "plena lealtad al alto tribunal" y "con independencia, profesionalidad y competencia técnica en la interpretación y aplicación de la ley", así como "con escrupuloso respeto a las normas procesales aplicables al presente caso".

Así, el tribunal defiende que el Pleno se ha avocado por los asuntos "pendientes y no resueltos" en relación con esta materia. El presidente de la Sala puede utilizar este derecho cuando lo estime necesario, "sin perjuicio de las facultades del Pleno para resolver lo que en Derecho proceda".

El mismo jueves que se publicó la sentencia, de hecho, se fallaron otras dos entre las mismas partes y con el mismo objeto. Estas dos sentencias, al estar resueltas, no forman parte del grupo de recursos de casación que el presidente de la Sala pidió el pasado viernes que se paralizaran y no podrán ser revisadas tampoco. Sin embargo, no se conoce su fallo, pues aún no se han notificado a las partes.

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