Los avales del Estado tardarán hasta 10 días más en estar operativos

Así lo establece el acuerdo del Consejo de Ministros del martes

Eduardo Segovia
Bolsamania | 26 mar, 2020 06:00 - Actualizado: 09:21
maria jesús montero rueda de prensa moncloa

Las medidas urgentes del Gobierno no parecen tan urgentes. Los avales a los créditos a empresas y autónomos para paliar el impacto del confinamiento decretado por el coronavirus se anunciaron el martes 17 de marzo, pero hasta el martes 24 no se aprobaron en Consejo de Ministros. Y encima, el acuerdo de este órgano da al ICO un plazo de otros 10 días para ponerlos en marcha.

El punto 4 del documento del acuerdo, del Ministerio de Presidencia, reza: "Mandatar al Instituto de Crédito Oficial para que dentro de los 10 días siguientes a la adopción de este Acuerdo de Consejo de Ministros disponga lo necesario para la puesta en marcha de forma efectiva de esta línea de avales".

Es decir, que el ICO tiene hasta el viernes 3 de abril para poner en marcha las líneas de avales sin incumplir el mandato gubernamental. Para entonces, llevaremos 20 días de confinamiento obligatorio por el estado de alarma en los que la mayoría de empresas, grandes y pequeñas, no habrán tenido ingresos pero sí gastos: nóminas (hasta la entrada en vigor de los ERTE que hayan podido solicitar), alquileres, suministros, facturas, créditos, impuestos, cotizaciones, etc.

Y muchas de ellas, sobre todo las más pequeñas y los autónomos, no tienen capacidad para aguantar 20 días en esa situación. Si los bancos no acceden a adelantarles el dinero antes de contar con el aval (muchos están adoptando medidas para ayudar a sus clientes), tendrán que cerrar -las que no lo hayan hecho ya- o incluso presentar el concurso de acreedores si no pueden hacer frente a sus deudas.

El acuerdo también establece que los bancos pueden conceder créditos con aval sin autorización previa de hasta 50 millones, y que el ICO los analizará a posteriori. Por encima de esa cifra, el instituto público deberá autorizarlo previamente. Se pueden conceder libremente préstamos hasta 1,5 millones; si la empresa solicita más, la cuantía máxima será la mayor de estas cifras: el doble del gasto anual en personal, el 25% de la facturación o toda la liquidez de un año o 18 meses (solo en el caso de pymes).

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