Economía.- Consumo vota en contra de la reforma europea de los derechos de los pasajeros aéreos por su falta de ambición

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Europa Press | 12 jun, 2026

Aun así, el texto ha salido adelante pese al voto en contra de España y Letonia y las abstenciones de Finlandia y Austria

MADRID, 12 (EUROPA PRESS)

El Ministerio de Consumo ha criticado la falta de ambición del acuerdo político alcanzado en la UE para la reforma de los derechos del pasaje aéreo, lo que ha llevado a España a votar contra ella pese a mantener los umbrales y tiempos para reclamar compensaciones por retrasos e impedir cobrar a las familias y personas dependientes un sobrecoste por garantizar asientos juntos, pero que sí renuncia a proteger el derecho a embarcar con equipaje de mano sin pagar.

"El Gobierno de España ha sido el Ejecutivo europeo que más claramente se ha pronunciado en favor de los derechos de los pasajeros y, en este sentido, hemos empujado para que la UE aprobara una regulación más garantista y ambiciosa de la que finalmente ha salido adelante. Por esa razón, hemos votado en contra", han explicado a Europa Press fuentes del Ministerio.

"La gratuidad del equipaje de mano es un derecho reconocido para los pasajeros, tal y como han defendido decenas de sentencias de los tribunales en España, y tal y como señaló una sentencia del TJUE, en la que de basó el Ministerio de Consumo para sancionar a cinco aerolíneas 'lowcost' por, entre otras infracciones, cobrar a los pasajeros por este equipaje", ha añadido.

Por otra parte, desde el Ministerio de Pablo Bustinduy han afirmado que no se han actualizado las cantidades de indemnización por retraso o cancelaciones.

"Estas cantidades llevan estables 20 años y el Gobierno de España considera necesaria una actualización o, al menos, la inclusión de mecanismos para su revisión periódica", ha reclamado.

La reacción es respuesta al texto común consensuado por los negociadores del Consejo (gobiernos) y del Parlamento Europeo. El mismo detalla la reforma que ha recibido 'luz verde' en el comité de conciliación que representa a los Veintisiete, primer paso para cumplir el proceso formal que confirme el entendimiento.

El apoyo de los Veintisiete ha salido adelante pese al voto en contra de España y Letonia y las abstenciones de Finlandia y Austria, según han indicado a Europa Press fuentes oficiales.

El lunes por la tarde será el turno del comité de conciliación del Parlamento Europeo, que deberá someterlo a votación y podría tumbarlo, aunque distintas fuentes europeas y parlamentarias consultadas por Europa Press consideran que el documento es sólido puesto que ha sido redactado entre los equipos de los dos colegisladores.

Entre las claves de la reforma figura conservar los umbrales de compensación por retrasos, cancelación de vuelos o denegación de embarque que los Veintisiete intentaron relajar y la garantía de que a partir de tres horas de retraso el pasajero tendrá derecho a reclamar.

La reforma, que entrará en vigor doce meses después de que concluya su adopción, establece una compensación de 250 euros para todos los vuelos retrasados en rutas de hasta 1.500 kilómetros, de 400 euros para los vuelos intra-UE o de entre 1.500 y 3.500 kilómetros y de 600 euros para el resto de rutas.

Además, los pasajeros podrán embarcar sin sobrecoste alguno con un bulto de mano que quepa bajo el asiento en el avión, pero la UE ha renunciado a proteger el derecho a subir también sin pagar por ello con una maleta de mano en cabina, tal y como avala una sentencia del Tribunal de Justicia de la UE (TJUE).

A cambio, el acuerdo establece la obligación de que el precio que se ofrezca al usuario incluya por defecto el coste de embarcar en cabina con una maleta de mano, en aras de la "transparencia", dando la posibilidad al viajero que viaje sin ella de optar a un descuento en el momento de la compra.

Otros puntos del texto, según explican fuentes negociadoras, tienen que ver con reforzar los derechos de los pasajeros, por ejemplo, cuando acepten como compensación un vale en lugar del reembolso, ya que la reforma deja claro que estos bonos no podrán tener fecha de caducidad ni condiciones inconvenientes.

Asimismo, quedan prohibidas las tasas por cambios administrativos de nombre o por errores ortográficos y las aerolíneas estarán obligadas a enviar por correo electrónico a los pasajeros que sufran retrasos o cancelaciones toda la información pertinente para conocer sus derechos y los pasos a seguir para reclamar la indemnización que les corresponda.

En cuanto a las familias, el nuevo marco prevé cambios como que las aerolíneas ya no podrán cobrar para garantizar que los menores se sientan junto a sus padres. También deberá garantizarse que si viajan con un carrito para bebés puedan depositarlo en la puerta de entrada al avión y recuperarlo en el mismo lugar al finalizar el vuelo.

Las personas con movilidad reducida que pierdan un vuelo porque no se les dio la asistencia necesaria para llegar al embarque, tendrán también derecho a pedir compensación por ello.

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