¿Qué consecuencias puedes sufrir si 'haces un Will Smith' a nivel laboral?

Desde las vías administrativas a las penales, con despidos y juicios

José Duarte Pardo
Bolsamania | 28 mar, 2022 18:48
will smith
El actor Will Smith

La gala de los Oscar 2022 será recordada durante años, y no por los premiados o por lo larga y tediosa que fuera, sino por el bofetón de Will Smith a Chris Rock, que sucedió después de que el cómico hiciera una broma de mal gusto sobre Jada Pinkett-Smith, esposa del actor. Visto esto, ¿qué consecuencias podría acarrear una forma de actuar similar a nivel laboral?

Una agresión física se trata como incumplimiento suficientemente grave, por lo que puede resultar en una clara sanción como puede ser el despido disciplinario. Esto, en cualquier caso podría entrar la vía penal por un delito de lesiones o maltrato.

Según Legálitas,"si se ataca el honor a una persona no es posible tomarse la justicia por su cuenta amparándose en una presunta legítima defensa, puesto que no se aplicaría esta legítima defensa ante la falta de necesidad racional de emplear la fuerza para impedir o repeler el supuesto ataque al honor. Por lo tanto, en vez de pegar un bofetón al agresor, se puede reclamar justicia en los juzgados ejerciendo acciones legales".

¿Qué significa esto? Que Chris Rock si lo desea puede presentar una denuncia por la agresión recibida. Esta tuvo lugar en el escenario donde se entregan los premios Oscar, una gala retransmitida en directo por televisión, y delante de todos los presentes: nominados, invitados, representantes

Aplicado al ciudadano promedio, tenemos que recordar que cualquier persona que haya sido agredida puedes denunciarlo ante la autoridades, en una comisaria de la Policía Nacional o una comandancia de la Guardia Civil. Por supuesto, en el ámbito laboral, las agresiones se tratan de la misma forma que si se produjese en la calle.

Legálitas recuerda que "como establece el artículo 20 del Código Penal, está exento de responsabilidad criminal el que obre en defensa de la persona o de los derechos propios o ajenos, siempre que la agresión sea ilegítima, exista necesidad racional del medio empleado para impedirla o repelerla y exista falta de provocación suficiente por parte del defensor".

AGRESIÓN EN EL ÁMBITO LABORAL, ¿QUÉ PASA CON EL TRABAJADOR?

Los insultos o agresiones físicas de un trabajador a otro, o simplemente a una persona contratada por la empresa, incluidos los familiares, pueden ser causa de sanción o despido disciplinario en base al artículo 54.2 del Estatuto de los Trabajadores. Ponerle la mano encima a un compañero ya es simplemente un motivo justificado de despido, pero es la propia empresa la que debe analizar lo ocurrido y proceder como corresponda.

La facultad que tiene el empresario de sancionar o de despedir siempre está sometida al control judicial. Por ello, si el trabajador despedido no está conforme con el carácter disciplinario podrá impugnarlo, acudiendo al procedimiento judicial de caducidad establecido para ello (previo intento de conciliación administrativa), donde el despido podrá ser calificado por sentencia como procedente o improcedente.

contador