El TSJC no ve delito en la resolución independentista al no llamar a la violencia

El tribunal rechaza dos querellas de Manos Limpias y UPyD por supuesta rebelión y sedición

  • También consideran que 'la rebelión exige el empleo de la fuerza'
  • Manos Limpias y UPyD considera que 'el Estado de Derecho tiene mecanismos suficientes para frenar, sin necesidad de acudir de primera mano a la vía penal'
Bolsamanía
Europa Press | 02 feb, 2016 14:30 - Actualizado: 15:15
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El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha rechazado sendas querellas de Manos Limpias y UPyD contra los promotores de la resolución independentista aprobada por el Parlament el 9 de noviembre porque "no incluye una proposición a los ciudadanos para que se alcen públicamente y violentamente".

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El TSJC sostiene que es evidente la ilegalidad e inconstitucionalidad de la resolución

En sendos autos recogidos por Europa Press, la Sala Civil y Penal del TSJC responde a los dos querellantes, que acusaban de los delitos de rebelión y sedición, que los hechos no son constitutivos "de este delito ni de cualquier otro ilícito penal".

Añade el tribunal, en su respuesta a UPyD, que la resolución ni siquiera va dirigida a la ciudadanía sino al Parlament, que no incluye expresiones que llamen al tumulto ni al desorden y que "la rebelión exige el empleo de la fuerza".

El TSJC sostiene que es evidente la ilegalidad e inconstitucionalidad de la resolución, como ya se pronunció el Tribunal Constitucional (TC), pero añade que la declaración no ha trascendido del ámbito parlamentario e insiste en que no se puede equiparar un acto en sede parlamentaria con alzamientos violentos, desórdenes u hostilidades.

En este sentido, lanza un mensaje a Manos Limpias y UPyD: "El Estado de Derecho tiene mecanismos suficientes para frenar, sin necesidad de acudir de primera mano a la vía penal, los planteamientos políticos que no se ajusten a los procedimientos y cauces legales y constitucionales".

En su contestación a Manos Limpias se pronuncia en parecidos términos y considera que en su querella no se narra ningún auto realizado por los querellados en el que pretendan conseguir la independencia "mediante alzamiento público, violento o tumultario, o con una actitud activa por la fuerza y estando dispuesto a su utilización de forma pública".

FISCALÍA PIDIÓ INADMITIR

Las querellas se dirigían contra el expresidente de la Generalitat Artur Mas; la presidenta del Parlament, Carme Forcadell; los diputados Jordi Turull, Marta Rovira (JxSí), Anna Gabriel (CUP) y el ya exdiputado de la CUP Antonio Baños.

La Fiscalía Superior de Catalunya ya se había pronunciado a favor de inadmitir las dos querellas porque la resolución no ha trascendido "del estricto ámbito parlamentario" y no se han reproducido manifestaciones potencialmente delictivas después de la sentencia del Tribunal Constitucional (TC), que declaró nula la resolución.

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