Tan solo sería considerado un diferimiento o atraso de los pagos
“De acuerdo a las agencias de rating, un impago de la deuda que vence al FMI y al BCE no sería considerado en sentido estricto default. Es más bien, un diferimiento o atraso en los pagos. Pero, default, es con la deuda en manos privadas”. Es la explicación de José Luis Martínez Campuzano, estratega de Citi en España.