El Barça, Real Madrid, Osasuna y Athletic deben devolver ayudas fiscales ilegales

El TUE desestima el recurso del club catalán contra la decisión de la Comisión Europea

Bolsamanía
Europa Press | 04 mar, 2021 10:45 - Actualizado: 11:51
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Escudo del FC Barcelona antes de un partido de Champions Leaguepicture alliance / dpa - Archivo

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) ha confirmado este jueves que FC Barcelona, Real Madrid, Osasuna y Athletic Club de Bilbao deben devolver al Estado los impuestos no pagados por haberse beneficiado de un trato fiscal favorable tras haber quedado exentos de la obligación general de transformarse en sociedades anónimas deportivas.

Así, el tribunal de Luxemburgo ha anulado una sentencia anterior que tumbó la decisión de la Comisión Europea que exigía al Estado recuperar ayudas fiscales ilegales de las que se beneficiaron los cuatro clubes que durante 20 años disfrutaron de de un tipo fiscal ventajoso del 25% frente al 30% del resto.

En 2016, el Ejecutivo comunitario consideró que esta norma era contraria a las reglas del Mercado Interior y que se trataba de una ayuda pública ilegal. De esta forma, ordenó a España que lo suprimiera y recuperase con carácter inmediato los beneficios otorgados a Madrid, Barcelona, Osasuna y Athletic, así como que se les penalizase a los equipos con multas de entre 0 y 5 millones de euros. Aunque la cuantía final la fijarán las autoridades españolas cuando acabe el proceso.

La decisión de Bruselas fue recurrida por el FC Barcelona y el Athletic Club de Bilbao, y el Tribunal General del TUE estimó el primero, aunque rechazó el segundo, por cuestiones de procedimiento. El Ejecutivo comunitario interpuso entonces un recurso de casación contra este fallo.

Este jueves, el Tribunal de Justicia de la UE ha dado la razón a la Comisión Europea y ha anulado la sentencia anterior del Tribunal General de la UE.

En particular, ha desestimado los cuatro motivos que formuló el tribunal de primera instancia, basados en "unos errores que supuestamente incurrió la Comisión en su examen de la ventaja conferida, en la violación de los principios de protección de la confianza legítima y de seguridad jurídica", en la infracción de un artículo de los Tratados de la UE por no haber considerado que su decisión estaba justificada por "la lógica interna" del sistema fiscal español y en la vulneración de las normas aplicables a la recuperación de las ayudas.

Concluyendo, el Tribunal de Justicia ha desestimado el recurso interpuesto por el FC Barcelona y ha dado validez a la decisión de la Comisión Europea.

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