El TSJA ratifica la condena de un hombre por violencia familiar y abuso sexual a sus hijas menores

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Europa Press | 09 mar, 2020

ZARAGOZA, 9 (EUROPA PRESS)

Los magistrados de la Sala Civil y Penal de Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) han ratificado la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Teruel a un hombre por delitos de violencia habitual en el ámbito familiar y abuso sexual a menores de 16 años.

La sentencia, con fecha de 3 de marzo de 2020, acepta los hechos considerados probados en la resolución de la Audiencia de Teruel, según los cuales el acusado habría mantenido una actitud "despectiva y humillante" hacía su esposa desde el inicio de la relación y una actitud "agresiva" hacía las dos menores, hijas comunes de ambos, a las que golpeaba y de las que abusaba sexualmente, ha informado el TSJA en una nota de prensa.

El tribunal acepta en su sentencia los 'Fundamentos de Derecho' planteados en la resolución dictada por la Audiencia Provincial de Teruel al ser coincidentes con los criterios de la Sala del TSJA y añaden otros nuevos a las cuestiones planteadas por el acusado.

En contra de lo expuesto por el abogado de la defensa, el tribunal no encuentra razones que puedan llevar a entender que la Audiencia Provincial de Teruel haya vulnerado el principio de presunción de inocencia, "ni incurrido en un manifiesto error en la valoración de la prueba".

CÁMARA GESELL

La defensa rebate en su recurso que una de las menores no haya testificado en el juicio y que en su lugar se hayan valorado los informes realizados por los peritos del Instituto de Medicina Legal de Aragón y sus declaraciones como prueba preconstituida en la Cámara Gesell, un espacio acondicionado para realizar entrevistas, entre otros, a menores, que tiene validez para un juicio, de forma que evita que tengan que volver a declarar ante un tribunal.

La Sala refuta esta argumentación apoyándose en la legislación española, europea, en los compromisos internacionales alcanzados por España y en las sentencias dictadas por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y el Tribunal Supremo de España, basadas en la protección a las víctimas de abusos sexuales que avalan "la validez y pertinencia de la declaración del testigo fuera del acto del juicio, al tratarse de abusos sexuales" y especialmente siendo las ofendidas menores de edad.

En este sentido, los magistrados recuerdan al acusado que cuando la Cámara Gesell fue acordada como prueba preconstituida por el juez instructor "fue aceptada sin protesta, ni recurso alguno por el acusado, pese a que le fue notificada y estuvo presente durante su práctica con su abogado".

Además, precisan que tampoco se formuló cuestión alguna cuando se admitió como prueba en el juicio celebrado en la Audiencia Provincial de Teruel.

CONCLUSIONES

La Sala Civil y Penal de TSJA concluye que lo que subyace en las argumentaciones presentadas por la defensa "es la valoración sobre la veracidad de los testimonios de las menores, que ha sido tomada mediante la llamada cabina Gesell, esto es, fuera del acto del juicio, cuando, como en el caso, dicha prueba es decisiva contra el acusado".

Asimismo, señalan "la coincidencia existente entre las dos menores en lo relativo a los abusos de los que afirman haber sido objeto y el informe sobre la veracidad dada por los peritos del Instituto de Medicina Legal de Aragón".

En consecuencia, afirman no encontrar razones "para entender que la sala ha vulnerado el principio de presunción de inocencia, ni incurrido en un manifiesto error en la valoración de la prueba" por lo que desestiman el recurso de apelación presentado contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Teruel.

Contra esta sentencia cabe recurso de casación que podrá presentarse dentro de los cinco días siguientes a su notificación.

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