La multa de Fomento a Abertis es la sanción máxima que contempla una ley franquista: 50.000 pesetas

La negligencia en la prestación de los servicios al usuario estaba penalizada con una cuantía máxima de 50.000 pesetas en un decreto de 1973

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Bolsamania | 05 may, 2018

El Ministerio de Fomento ha impuesto una sanción a la concesionaria de la autopista AP-6 por valor de 31.200 euros. Se trata de la cantidad máxima que contemplan las leyes de Carreteras y Autopistas. Sin embargo, supone un 0,03% de la facturación de Abertis.

Que la ley va por detrás de la sociedad es un argumento que se suele utilizar para justificar algunos anacronismos en determinadas leyes. Es el caso de la ley en la que se ampara el Gobierno para sancionar a la concesionaria de la autopista AP-6. La cláusula 99 del Decreto 215/1973 de 25 de enero, por el que se aprueba el pliego de cláusulas generales para la construcción, conservación y explotación de autopistas en régimen de concesión establece “cincuenta mil pesetas” como sanción máxima si se incumplen algunas condiciones durante la fase de explotación.

Cincuenta mil pesetas diarias, que convertidas a euros son 300. Así, teniendo en cuenta que los problemas de viabilidad tuvieron lugar durante dos días y afectaron a dos vías, Fomento establece en 1.200 euros la sanción que deberá pagar la compañía en relación a un expediente de penalización contractual.

Además, si se aplica el régimen sancionador de la Ley de Carreteras, Abertis habría cometido una infracción grave, por lo que deberá pagar una multa de 3.001 a 15.000 euros. El Ministerio de Fomento considera que este segundo expediente podría estar resuelto aproximadamente en septiembre y que, también previsiblemente, la sanción será la máxima, es decir 15.000 euros por cada concesión; 30.000 euros en total.

RECOMPENSA A LOS AFECTADOS

Los 3.000 conductores que pasaron unas 15 horas atrapados por la nieve deberán acudir a la Justicia para ser recompensados de alguna forma, ya que los afectados no forman parte del expediente sancionador. Aunque solicitaron formar parte, la Administración alegó que “no son parte en relación al cumplimiento o no de las condiciones de la concesión administrativa”.

Después de esta decisión, algunos afectados se han reunido como plataforma para interponer una demanda colectiva para unir fuerzas y obtener una indemnización por parte de la concesionaria de la autopista.

En 2004, la empresa Europistas tuvo que indemnizar a los afectados por la nevada en la AP-1. En ese momento, la Justicia decidió que la compañía debía compensar con el precio del peaje y 150 euros a cada uno de los conductores afectados.

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