Europa Press | 21 oct, 2021 16:21
MADRID, 21 (EUROPA PRESS)
La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo ha declarado nulo el apartado segundo de la Orden SND 413/2020, de 15 de mayo, dictada por el Ministerio de Sanidad que acortó el periodo de validez de las ITV favorables de vehículos realizadas tras la declaración del primer estado de alarma y de sus sucesivas prórrogas. El tribunal considera que vulnera el ordenamiento jurídico y el Derecho de la Unión Europea.