Europa Press | 30 jun, 2026 11:51
MADRID, 30 (EUROPA PRESS)
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha dictaminado que el complemento por maternidad en los casos de jubilación activa debe calcularse sobre el importe de la pensión inicialmente reconocida (el 100%) y no sobre el 50% reducido que se percibe durante la situación de compatibilidad con el trabajo.