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El TS dicta que el derecho al olvido no ampara el borrado de una información lícitamente publicada en el pasado

Europa Press | 11 jul, 2017 18:47

MADRID, 11 (EUROPA PRESS)

La Sala Primera del Tribunal Supremo ha desestimado el recurso de casación interpuesto por un hombre absuelto por un doble asesinato, que llevó a los tribunales a un periódico y sus redactores, por la publicación de un artículo en el que se recogía la información de su absolución (sin mencionar su nombre y apellidos), acompañada de una fotografía de este.