Europa Press | 09 jul, 2018 12:56
MADRID, 9 (EUROPA PRESS)
El Juzgado de Primera Instancia número 96 de Madrid ha condenado al Banco Popular a devolver 20.000 euros a un matrimonio que invirtió en deuda subordinada de la entidad en el año 2011 porque no se les advirtió de los riesgos del producto.