Europa Press | 12 jun, 2018 15:00
VALENCIA, 12 (EUROPA PRESS)
La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo (TS), en la sentencia en la que, entre otros, condena a 5 años y 10 meses de cárcel a Iñaki Urdangarin, por el caso Nóos, y mantiene la absolución a los exdirectivos de la Ciudad de las Artes y las Ciencias de València relacionados con los convenios suscritos con el instituto del exduque de Palma, reprocha el papel desarrollado por la Abogacía de la Generalitat en esta parte del proceso, dado que se adhirió al recurso del fiscal cuando únicamente estaba personada como actora civil y, por tanto, era "convidada de piedra" en la acción penal.