Europa Press | 12 feb, 2018 18:53
MADRID, 12 (EUROPA PRESS)
El Pleno Tribunal Constitucional (TC) ha declarado inconstitucionnal y nula las expresiones "preferente" y "debe otorgarle posición preferente" en lo referente al uso del aranés que se regula en varios preceptos de la Ley 35/2010 del Occitano, aranés en Arán. Esta norma fue recurrida por el Gobierno y el tribunal tenía pendiente resolver este asunto desde septiembre de 2011.