Europa Press | 04 ago, 2017 17:49
MADRID, 5 (EUROPA PRESS)
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que da la razón a la empresa Zumos Valencianos del Mediterráneo, ya que la decisión de dejar de considerar 7,5 minutos del "descanso para el bocadillo" como trabajo efectivo no supuso una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.