Europa Press | 18 mar, 2020 09:56
MADRID, 18 (EUROPA PRESS)
Los deudores que se encuentren en estado de insolvencia (individuales o empresas) no tendrán el deber de solicitar la declaración de concurso mientras esté vigente el estado de alarma, según el Real Decreto-ley de medidas urgentes extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del coronavirus aprobado ayer por el Gobierno y en vigor desde este miércoles.