Europa Press | 24 feb, 2022 17:43
MADRID, 24 (EUROPA PRESS)
El cierre del espacio aéreo de un país, como está ocurriendo en la actualidad con el conflicto en Ucrania, se considera circunstancia excepcional, y por lo tanto no obliga a las aerolíneas a indemnizar por la cancelación de los vuelos, pero sí deben proporcionar asistencia a los clientes que se vean afectados, según explica reclamador.es.