Europa Press | 07 abr, 2020 08:45
MADRID, 7 (EUROPA PRESS)
El Ministerio de Sanidad ha dictado una Orden por la que se establece que los certificados expedidos con base en las verificaciones o mantenimientos periódicos de la reglamentación de seguridad industrial, cuyo periodo de vigencia finalice durante el estado de alarma y sus sucesivas prórrogas, quedarán automáticamente prorrogados hasta los 30 días naturales posteriores a la finalización del estado de alarma y sus prórrogas.