Bolsamanía | Bolsamania | 27 may, 2020 06:00 - Actualizado: 27 may, 2020
Aquellos que pagaran la plusvalía municipal no podrán solicitar su devolución si el abono se hizo por liquidación firme que no se recurrió en su momento en el plazo del mes previsto en la ley. Esto es cuando haya transcurrido el plazo para la práctica de la comprobación o de la investigación y cuando no quepa recurso alguno respecto de la misma. Es la conclusión que se desprende el dictamen del Tribunal Supremo, que rechaza su nulidad y afirma que la petición de devolución debe hacerse basándose en la ley.