Europa Press | 23 nov, 2025 09:51
MADRID, 23 (EUROPA PRESS)
La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha dictado una sentencia en la que aclara que la pausa para comer de los trabajadores debe considerarse tiempo de trabajo efectivo si la desconexión no es total. En cambio, si esta desconexión sí es completa, la hora de comida tendría la consideración de tiempo de descanso y no tendría que ser retribuida.