Según la gráfica, los medios de prensa escrita han sufrido una caída considerable en las ventas, debido a la información que se distribuye por internet de forma gratuita y rápida.

El artículo 32,2 del proyecto de reforma de la Ley de Propiedad Intelectual afirma que “La puesta a disposición del público por parte de prestadores de servicios electrónicos de agregación de contenidos de fragmentos no significativos de contenidos, divulgados en publicaciones periódicas o en sitios Web de actualización periódica y que tengan una finalidad informativa, de creación de opinión pública o de entretenimiento, no requerirá autorización, sin perjuicio del derecho del editor o, en su caso, de otros titulares de derechos a percibir una compensación equitativa. Este derecho será irrenunciable y se hará efetivo a través de las entidades de gestión de los derechos de propiedad intelectual”.

De esta manera, los agregadores de noticias como por ejemplo Google News o Menéame deberían pagar la compensación a los medios AEDE, es decir, aquellos medios que se muestran al público en forma de prensa escrita y online.

Será CEDRO, la entidad de gestión de autores y editores de textos quien medie en el pago de esta tasa. Las cantidades que deberán pagar estos agregadores a las webs informativas todavía se desconoce y tendrá que haber negociaciones entre las partes.

Tasa Google. Canon en los medios digitales. AEDE

contador