BRUSELAS, 22 (EUROPA PRESS)

El Tribunal General de la Unión Europea (TUE) ha anulado este miércoles la decisión de la Comisión Europea que declaró que el Real Madrid se había beneficiado de ayudas de Estado ilegales por una permuta de terrenos con el Ayuntamiento y, por tanto, debía devolver un total de 18,4 millones de euros.

El Real Madrid recurrió la decisión y la sentencia de la Justicia europea considera que el Ejecutivo comunitario "no probó de modo satisfactorio" que se hubiera concedido una ventaja al club. Esta condición es necesaria para que una medida pueda ser calificada como ayuda de Estado y, "al no cumplirse, la Comisión no podía considerar que hubo una ayuda de Estado ilegal", ha explicado el tribunal en un comunicado.

La operación se remonta a 1991, cuando el club y el Ayuntamiento de la capital firmaron un convenio relativo a la remodelación del Santiago Bernabéu. Cinco años más tarde, el Real Madrid y la Comunidad de Madrid cerraron un acuerdo de permuta de suelo en el que el club se comprometió a ceder la parcela de su antigua Ciudad Deportiva, en la que ahora se encuentran las Cuatro Torres.

A cambio, el Ayuntamiento de Madrid debía entregar al equipo varios terrenos equivalentes y, entre ellos, se acordó la entrega de una parcela de casi 71.000 metros cuadrados en Las Tablas, una zona situada en el norte de la capital cuyo valor se estimó en 595.194 euros en 1998. Este terreno, sin embargo, no podía ser cedido al Real Madrid por estar calificado como "equipamiento deportivo básico".

El Ayuntamiento de Madrid y el Real Madrid alcanzaron un acuerdo en 2011 para resolver este conflicto, según el cual el Consistorio debía compensar al club abonando una cantidad equivalente al valor de la parcela de Las Tablas. Los técnicos del ayuntamiento estimaron que el valor de este terreno había crecido hasta los 22,7 millones de euros.

Ambas partes decidieron también que esta compensación se ejecutaría sustituyendo la cesión de la parcela de Las Tablas por otros terrenos, cuyo valor conjunto se estimó en 20 millones de euros. Además, el Real Madrid y el Ayuntamiento acordaron compensar sus deudas mutuas.

La Comisión Europea fue informada en diciembre de 2011 sobre la existencia de presuntas ayudas estatales al Real Madrid a través de una "transmisión ventajosa de ciertos bienes inmuebles" y inició una investigación en diciembre de 2013.

Bruselas, en concreto, centró sus dudas en el "considerable incremento" del valor de la parcela de Las Tablas entre 1998 y 2011. Los servicios comunitarios incluso llegaron a preguntar a las autoridades españolas por qué el Ayuntamiento no había intentado evitar una deuda de más de 22 millones.

De hecho, el Ejecutivo comunitario encargó un informe propio sobre esta cuestión que arrojó el que el valor de la parcela de las Tablas en 2011 era de 4,3 millones de euros y no 22,7 millones, como había calculado el Consistorio. La diferencia, por tanto, era una ayuda ilegal concedida al Real Madrid.

El club recurrió esta decisión y alegó que Bruselas se equivocó a declarar que el acuerdo de 2011 dio lugar una ventaja económica. También señaló que la Comisión cometió "graves errores" de apreciación al basar su conclusión en un informe "carente de valor probatorio" y denunció que las autoridades europeas no estimaron el valor de los inmuebles cedidas al club en virtud del acuerdo de 2011, sino que aplicó el valor atribuido por el Ayuntamiento a pesar de que rechazaron "de plano" otras tasaciones realizadas por el Consistorio.

En su fallo, el Tribunal General ha desestimado las dos primeras alegaciones del Real Madrid, pero también considera que la Comisión Europea "no probó de modo satisfactorio que la medida hubiese conferido una ventaja al Real Madrid".

En particular, el tribunal de Luxemburgo ha concluido que el Ejecutivo comunitario "no tuvo en cuenta todos los elementos de la operación", como exige la jurisprudencia del TUE, por haberse ceñido al valor de la parcela de Las Tablas.

Por tanto, "no pudo cumplir con su obligación de llevar a cabo un análisis completo de todos los elementos pertinentes" para demostrar "no sólo la cuestión de la evaluación del importe de la ayuda, sino también la de la propia existencia de una ventaja derivada de la medida en cuestión considerada a la luz de todos sus elementos".

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