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Las consultas, quejas y reclamaciones financieras no dejan de crecer de año en año. Entre los temas más recurrentes destacan la obligación de contratar productos adicionales, la modificación de las condiciones de las cuentas, el cobro de comisiones por los descubiertos, los trámites para cerrar las cuentas y los problemas con el crédito revolving.

Según la Asesoría de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU), recibió 46.681 durante 2021. Y, aunque algunas son fruto de un simple malentendido, "otras de una comunicación no advertida, pero muy a menudo tienen que ver con malas prácticas", asegura.

Por ello, recomienda revisar las condiciones de los productos contratados y estar atento a las comunicaciones que remite el banco. Entre las más habituales destacan cinco.

La contratación de un préstamo o un depósito puede implicar un coste añadido, como es mantener una cuenta abierta en la entidad. Pero el banco no podrá incrementar de forma unilateral dicha comisión si la cuenta vinculada se abrió y se usa solo para la gestión del producto.

El impago de una cuota de un préstamo o quedarse en números rojos suele implicar una comisión por reclamación por posiciones deudoras. Ahora bien, según el Banco de España, su cobro solo procede si la entidad ha llevado a cabo una gestión individualizada (teniendo en cuanta las circunstancias de cada cliente) y es acorde al coste soportado por la entidad. No podrá aplicarse de manera automática ante cualquier deuda. Por tanto, no basta con remitir una carta generada por ordenador.

El banco está obligado a facilitar de forma gratuita la emisión de certificados de posiciones de las cuentas de un cliente fallecido. El cobro por un servicio de asesoramiento solo podrá aplicarse si el cliente lo solicitó de forma explícita.

La norma de servicios de pago indica que los usuarios pueden cancelar el contrato en cualquier momento y sin preaviso, y no especifica que deba hacerse por unas vías concretas; ni siquiera en la sucursal en la que la cuenta se abrió, tal y como exigen algunas entidades (salvo que se indique en el contrato).

Quienes hubieran contratado un crédito revolving con su tarjeta de crédito antes de marzo de 2020, han podido verse afectados por intereses abusivos. Aunque los bancos los rebajaron a partir de entonces, el cliente puede reclamar los cobrados antes.

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