{"id":6496,"date":"2016-06-20T07:00:19","date_gmt":"2016-06-20T05:00:19","guid":{"rendered":"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/?p=6496"},"modified":"2019-09-04T10:48:40","modified_gmt":"2019-09-04T08:48:40","slug":"tengo-que-hacer-la-renta-por-haber-cobrado-el-plan-pive","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/tengo-que-hacer-la-renta-por-haber-cobrado-el-plan-pive\/","title":{"rendered":"\u00bfTengo que hacer la renta por haber cobrado el Plan PIVE?"},"content":{"rendered":"<h2>El Plan PIVE ha servido para impulsar el mundo del motor, pero no tanto la factura fiscal de quienes lo aprovecharon. \u00bfHay que tributar por el Plan PIVE? \u00bfEl hecho de haberlo cobrado te obliga a presentar la declaraci\u00f3n de la renta 2015?<\/h2>\n<p><strong>La matriculaci\u00f3n de autom\u00f3viles<\/strong>\u00a0cerr\u00f3 el a\u00f1o 2015 con un aumento del 21% gracias en parte a la nueva edici\u00f3n del Plan PIVE. Esta ayuda <strong>ha permitido a quienes compraron su coche nuevo en 2015 ahorrar hasta 2.000 euros<\/strong>\u00a0aportados por el Gobierno y el fabricante o el punto de venta a partes iguales siempre que el nuevo veh\u00edculo no costase m\u00e1s de 25.000 euros antes de impuestos y el viejo tuviese m\u00e1s de siete a\u00f1os.<\/p>\n<p><a href=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/wp-content\/uploads\/2012\/09\/impuestos-ayudas-PIVE-para-la-compra-de-coche.jpg\"><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" class=\"aligncenter size-full wp-image-2006\" src=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/wp-content\/uploads\/2012\/09\/impuestos-ayudas-PIVE-para-la-compra-de-coche.jpg\" alt=\"impuestos ayudas PIVE para la compra de coche\" width=\"640\" height=\"301\" srcset=\"https:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/wp-content\/uploads\/2012\/09\/impuestos-ayudas-PIVE-para-la-compra-de-coche.jpg 640w, https:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/wp-content\/uploads\/2012\/09\/impuestos-ayudas-PIVE-para-la-compra-de-coche-300x141.jpg 300w\" sizes=\"(max-width: 640px) 100vw, 640px\" \/><\/a><br \/>\nEl problema para muchas personas es que accedieron al Plan PIVE sin realizar ninguna previsi\u00f3n fiscal y ahora se encuentran con que no saben si deben incluirlo en la declaraci\u00f3n de la renta de 2015 -la que haremos en 2015\u2013 o c\u00f3mo hacerlo.<\/p>\n<h2>\u00bfHay que incluir el Plan PIVE en la renta 2015?<\/h2>\n<p>Esto es precisamente lo que nos pregunta Elisa, que lleva la cuesti\u00f3n m\u00e1s all\u00e1 y plantea\u00a0<strong>si el propio hecho de haberse beneficiado del Plan PIVE hace que est\u00e9s obligado a presentar el IRPF de 2015.\u00a0<\/strong><\/p>\n<blockquote><p>Buenos d\u00edas,<br \/>\nEstoy liad\u00edsima con lo de si tengo que hacer la declaraci\u00f3n de la renta o no, o si la tienen que hacer mis padres. Mi padre es pensionista, una \u00fanica paga peque\u00f1ita de 820\u20ac al mes y mi madre es desempleada y agot\u00f3 todas las subvenciones, ayudas y paro hace a\u00f1os, por lo que hace much\u00edsimo que no hacen declaraci\u00f3n de la renta. Yo estoy trabajando, percibo un salario neto de 1000\u20ac al mes, aunque he estado alg\u00fan mes a media jornada, as\u00ed que no llegar\u00eda a los 12000 anuales. Mis padres no tienen bienes, ni coche ni casa a su nombre, pero yo si que me he comprado un coche hace dos meses, en Noviembre, a trav\u00e9s del plan PIVE y el contable de la empresa me advirti\u00f3 que desde hacienda me pegar\u00edan un palo por esa ayuda\u2026 \u00bfes as\u00ed? \u00bfTengo que hacer la declaraci\u00f3n de la renta este a\u00f1o? \u00bfLa tendr\u00e9 que hacer el a\u00f1o que viene si o si por la ayuda del plan PIVE?<\/p>\n<p>Muchas gracias por adelantado<\/p><\/blockquote>\n<p><strong>\u00bfDebe hacer la declaraci\u00f3n de la renta?\u00a0<\/strong><a href=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/quien-debe-hacer-la-declaracion-de-la-renta\/\">Si nos atenemos exclusivamente a los ingresos, estar\u00eda exenta de presentar el IRPF<\/a>\u00a02014, pero al haber disfrutado del Plan PIVE la cosa cambia.\u00a0<a href=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/hay-que-incluir-las-subvenciones-en-la-declaracion-de-la-renta\/\"><strong>Como toda subvenci\u00f3n<\/strong><\/a><strong>\u00a0<\/strong>\u00a0o ayuda gubernamental, el Plan PIVE es susceptible de ser incluido en la renta. En este caso,\u00a0<strong>las condiciones lo colocan como una renta no derivada de una transmisi\u00f3n patrimonial\u00a0<\/strong>y al ser superiores a 1.000 euros nos obligan a hacer la declaraci\u00f3n de la renta. La \u00fanica excepci\u00f3n es que se trate del \u00fanico ingresos, en cuyo caso el resultado de la declaraci\u00f3n ser\u00e1 cero, ya que el m\u00ednimo personal de 5.151 euros cubre la cuant\u00eda de la ayuda.<\/p>\n<h2>\u00bfEstoy obligado a presentar la renta por haberlo cobrado?<\/h2>\n<p>Esta es la primera gran duda de muchos contribuyentes. Con car\u00e1cter genera, <strong>cualquier persona que haya ganado menos de 22.000 de una sola empresa 0 12.000 euros de dos o m\u00e1s empresas cuando la segunda le haya pagado m\u00e1s de 1.500 euros estar\u00e1 exento de hacer la declaraci\u00f3n de la renta<\/strong>. <strong>\u00bfCambia esto haber percibido el Plan PIVE en 2015? Lo cierto es que no.<\/strong><\/p>\n<p>Las ayudas del Gobierno engrosar\u00e1n los ingresos y habr\u00e1 que pagar por ellos en el IRPF, pero el mero hecho de haberlo cobrado no hace que autom\u00e1ticamente tengas que presentar el IRPF.<\/p>\n<h2>\u00bfCu\u00e1ntos impuestos hay que pagar por el Plan PIVE?<\/h2>\n<p>Ahora que ya sabes que tienes que declararlo, llega el momento de ver\u00a0<strong>cu\u00e1nto hay que pagar en la renta por el Plan PIVE<\/strong>. Estas ayudas se integrar\u00e1n como ganancia patrimonial no procedente de una transmisi\u00f3n patrimonial\u00a0 que tributan al tipo marginal del contribuyente, que viene marcado por las tablas de IRPF, que para el ejercicio 2015 son las siguientes (incluimos tambi\u00e9n las tablas de la fiscalidad del ahorro):<\/p>\n<p><a href=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/wp-content\/uploads\/2014\/12\/tablas-de-irpf-2015-definitivas.jpg\"><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" class=\"aligncenter wp-image-8086 \" src=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/wp-content\/uploads\/2014\/12\/tablas-de-irpf-2015-definitivas.jpg\" alt=\"Tablas de IRPF 2015\" width=\"550\" height=\"164\" srcset=\"https:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/wp-content\/uploads\/2014\/12\/tablas-de-irpf-2015-definitivas.jpg 678w, https:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/wp-content\/uploads\/2014\/12\/tablas-de-irpf-2015-definitivas-300x89.jpg 300w\" sizes=\"(max-width: 550px) 100vw, 550px\" \/><\/a><\/p>\n<p>Seg\u00fan <strong>los c\u00e1lculos de Gestha<\/strong>, el sindicato de t\u00e9cnicos de Hacienda, el impracto fiscal medio del Plan PIVE 8 rondar\u00e1 los 232 euros para personas con rentas entre 20.200 y 34.000 euros, en tanto que ascender\u00e1 a 353,5 euros para quienes ingresen m\u00e1s de 60.000 euros.<\/p>\n<p>Volviendo al ejemplo de Elisa\u00a0y resumi\u00e9ndolo mucho -es decir, sin tener en cuenta m\u00ednimos personales ni otras cuestiones similares- con unos ingresos de 1.000 euros al mes ganar\u00eda 12.000 euros al a\u00f1o, por lo que su escala ser\u00eda la primera. Si recibi\u00f3 1.000 euros del Plan PIVE, pagar\u00e1 250 euros por ellos al hacer la declaraci\u00f3n de la renta.<\/p>\n<h2>Tu coche en la declaraci\u00f3n de la renta<\/h2>\n<p>Como t\u00e9rmino general <strong>no ser\u00e1 necesario incluir tu coche en la declaraci\u00f3n de renta\u00a0<\/strong>salvo casos como el mencionado Plan Pive o\u00a0<strong>si has vendido tu veh\u00edculo.\u00a0<\/strong>Y es que la venta del coche puede generar una ganancia o p\u00e9rdida patrimonial a efectos del IRPF.<\/p>\n<p>En la mayor\u00eda de los casos lo que ocurre cuando traspasamos un veh\u00edculo es que lo hacemos a un precio menor del de compra. Si adquirimos el coche por 18.000 euros y pasados tres a\u00f1os lo vendemos lo l\u00f3gico ser\u00e1 hacerlo por un valor menor, por ejemplo por 12.000 euros \u00bfEstar\u00edamos entonces ante una p\u00e9rdida patrimonial a efectos de IRPF? No, porque\u00a0<strong>Hacienda entiende que la p\u00e9rdida debido al uso no es deducible en la declaraci\u00f3n de la renta.\u00a0<\/strong><\/p>\n<p><a href=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/wp-content\/uploads\/2015\/01\/venta-del-coche-como-ganancia-patrimonial-en-el-irpf.jpg\"><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" class=\"aligncenter wp-image-7645 size-full\" title=\"La venta del coche como ganancia patrimonial en el IRPF\" src=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/wp-content\/uploads\/2015\/01\/venta-del-coche-como-ganancia-patrimonial-en-el-irpf.jpg\" alt=\"La venta del coche como ganancia patrimonial en el IRPF\" width=\"500\" height=\"334\" srcset=\"https:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/wp-content\/uploads\/2015\/01\/venta-del-coche-como-ganancia-patrimonial-en-el-irpf.jpg 500w, https:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/wp-content\/uploads\/2015\/01\/venta-del-coche-como-ganancia-patrimonial-en-el-irpf-300x200.jpg 300w\" sizes=\"(max-width: 500px) 100vw, 500px\" \/><\/a><\/p>\n<p>La cosa cambia cuando se trata de computar las ganancias. <strong>En el extra\u00f1o supuesto de que hayas conseguido vender tu coche por encima del importe de la compra<\/strong> -por ejemplo si era un cl\u00e1sico que has reparado-\u00a0<strong>s\u00ed tendr\u00e1s que tributar por la ganancia patrimonial obtenida,\u00a0<\/strong>que ser\u00e1 la del precio de venta menos precio de compra y las mejoras que hayas realizado.<\/p>\n<h4>La excepci\u00f3n del siniestro total<\/h4>\n<p>Existe una excepci\u00f3n a esta norma general que no permite computar la p\u00e9rdida patrimonial por el coche y es <strong>la relacionada con el siniestro total del veh\u00edculo<\/strong>. En estos casos Hacienda s\u00ed que permite incluir esa p\u00e9rdida, siempre y cuando no se haya percibido indemnizaci\u00f3n. En este sentido, no se tendr\u00e1 en cuenta el precio de compra sino las tablas de valoraci\u00f3n de veh\u00edculos del Ministerio que nos indicar\u00e1 el valor del veh\u00edculo. Esa cantidad menos lo que hayamos ganado al venderlo al desguace ser\u00e1 lo que impugnaremos como p\u00e9rdida patrimonial.<\/p>\n<p>Las <a href=\"https:\/\/petete.minhafp.gob.es\/consultas\/?num_consulta=0858-00\">consultas\u00a0<\/a><a href=\"https:\/\/petete.minhafp.gob.es\/consultas\/?num_consulta=0858-00\">0858-00<\/a> y\u00a0<a href=\"http:\/\/petete.minhap.gob.es\/Scripts\/know3.exe\/tributos\/CONSUVIN\/texto.htm?Consulta=vehiculo&amp;Pos=135\">V1420-06<\/a> a la Direcci\u00f3n General de Tributos aclaran la situaci\u00f3n y la forma en la que deben computarse estos ingresos a efectos de IRPF y la forma en la que debe contabilizarse cada uno de los t\u00e9rminos.<\/p>\n<p>Imagen superior &#8211;\u00a0<a id=\"portfolio_link\" href=\"http:\/\/www.shutterstock.com\/gallery-758203p1.html\" rel=\"external nofollow\">Harish Marnad<\/a>\u00a0en Shutterstock<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Plan PIVE ha servido para impulsar el mundo del motor, pero no tanto la factura fiscal de quienes lo aprovecharon. \u00bfHay que tributar por el Plan PIVE? \u00bfEl hecho de haberlo cobrado te obliga a presentar la declaraci\u00f3n de la renta 2015? 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