{"id":6419,"date":"2014-12-19T08:23:30","date_gmt":"2014-12-19T07:23:30","guid":{"rendered":"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/?p=6419"},"modified":"2014-12-17T12:21:25","modified_gmt":"2014-12-17T11:21:25","slug":"27-trucos-para-pagar-menos-en-el-impuesto-de-sociedades-con-la-reforma-fiscal","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/27-trucos-para-pagar-menos-en-el-impuesto-de-sociedades-con-la-reforma-fiscal\/","title":{"rendered":"27 trucos para pagar menos en el Impuesto de Sociedades con la reforma fiscal"},"content":{"rendered":"<h2>La reforma fiscal no s\u00f3lo afecta al IRPF, tambi\u00e9n tiene su incidencia en el Impuesto sobre Sociedades y si en el pasado hablamos sobre <a title=\"Ahorrar en el IRPF con la reforma fiscal\" href=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/ahorrar-en-el-irpf-con-la-reforma-fiscal\/\">c\u00f3mo ahorrar en la renta gracias a ella<\/a>\u00a0ahora le toca el turno a las empresas. Os presentamos 28 f\u00f3rmulas concretas para reducir la factura fiscal de la empresa.<\/h2>\n<p>Como cualquier particular,\u00a0<strong>la empresa tambi\u00e9n busca pagar menos impuestos<\/strong>, con la diferencia de que \u00e9sta lo hace a trav\u00e9s del Impuesto sobre Sociedades, que cuenta con su propia normativa, deducciones al servicio de las compa\u00f1\u00edas y <a href=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/los-tipos-del-impuesto-sobre-sociedades\/\">tipos impositivos<\/a>.<strong> La reforma fiscal brinda la oportunidad ideal para lograrlo<\/strong>. Y es que como todo cambio normativo, abre la puerta a adelantar compras, retrasar adquisiciones y un sin fin de movimientos que permitir\u00e1n cuadrar mejor las cuentas de la empresa.<\/p>\n<p><a href=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/wp-content\/uploads\/2014\/12\/El-Impuesto-de-Sociedades-en-la-Reforma-Fiscal.jpg\"><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" class=\"aligncenter size-full wp-image-6422\" src=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/wp-content\/uploads\/2014\/12\/El-Impuesto-de-Sociedades-en-la-Reforma-Fiscal.jpg\" alt=\"El Impuesto de Sociedades en la reforma Fiscal\" width=\"500\" height=\"332\" srcset=\"https:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/wp-content\/uploads\/2014\/12\/El-Impuesto-de-Sociedades-en-la-Reforma-Fiscal.jpg 500w, https:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/wp-content\/uploads\/2014\/12\/El-Impuesto-de-Sociedades-en-la-Reforma-Fiscal-300x199.jpg 300w\" sizes=\"(max-width: 500px) 100vw, 500px\" \/><\/a><\/p>\n<p>Desde el Consejo General de Economistas, REAF-REGAF, han presentado un documento con los<strong> 28 consejos que toda empresa deber\u00eda seguir si quiere pagar menos en el Impuesto de Sociedades aprovechando los cambios de la reforma fiscal<\/strong> y que <a href=\"http:\/\/www.economistas.es\/Contenido\/REAF\/JornadasTributarias\/2014\/60Recomen-BAJA.pdf\" target=\"_blank\">puede descargarse en este enlace<\/a>\u00a0(PDF). \u00c9stas son sus propuestas:<\/p>\n<p><strong>Sociedades civiles.<\/strong> El consejo para quienes est\u00e9n pensado en desarrollar una actividad mercantil de manera colectiva es que apuesten por una Sociedad Limitada o una Sociedad An\u00f3nima. Y es que las Sociedades Civiles empezar\u00e1n a tributar en el Impuesto sobre Sociedades en lugar del IRPF a partir de 2016.<\/p>\n<p><strong>Recompra de activos vendidos con p\u00e9rdidas.\u00a0<\/strong>Si a 31 de diciembre han pasado m\u00e1s de seis meses desde que la empresa vendi\u00f3 un activo con p\u00e9rdidas y estaba pensando en recuperarlo, mejor hacerlo en 2014. A partir de 2015 no se podr\u00e1\u00a0la p\u00e9rdida originada en la venta siel activo ha recuperado su valor.<\/p>\n<p><strong>Operaciones a plazo<\/strong>. Si va a cobrar alg\u00fan servicio profesional a plazo es mejor finalizarlo en 2015 y acogerse a la regla especial de imputaci\u00f3n que no se puede aplicar en 2014. Adem\u00e1s, las rentas correspondientes a estos activos tambi\u00e9n tributar\u00e1n a un tipo menor en 2015. De hecho, si se puede pactar el cobro en 2016, mejor todav\u00eda porque tributar\u00e1n al 25% en lugar del 28%.<\/p>\n<p><strong>Arrendamiento de Inmuebles.\u00a0<\/strong>Si buscas un lugar que alquilar\u00a0que la actividad de arrendamiento se califique como econ\u00f3mica, olv\u00eddate. A partir de 2015 ya no necesitar\u00e1s local, s\u00f3lo disponer de un empleado con contrato laboral a jornada completa.<\/p>\n<p><strong>Deterioro de activos.\u00a0<\/strong>A partir de 2015 el deterior de activos ya no ser\u00e1 fiscalmente decudible, as\u00ed que mejor tasa tus activos en 2014.<\/p>\n<p><strong>Insolvencia de deudores.\u00a0<\/strong>Si cobras en 2014, mejor. En 2015 la deducci\u00f3n del gasto fiscal por insolvencia ser\u00e1 de s\u00f3lo el 60% cuando el gas\u00a0el gasto contable ya sea fiscalmente deducible por el transcurso de seis meses desde\u00a0el vencimiento de la obligaci\u00f3n.<\/p>\n<p><strong>Transmisi\u00f3n entre empresas del grupo.\u00a0<\/strong>Si tienes pensado vender a alguna empresa del mismo grupo con p\u00e9rdidas, mejor hacerlo en 2014. A partir de 2015 esa p\u00e9rdida contable no se podr\u00e1 deducir hasta que no se transmita\u00a0el activo a terceros, o alguna de las partes intervinientes salga del grupo.<\/p>\n<p><strong>Gastos de representaci\u00f3n.\u00a0<\/strong>Ya lo hemos comentado, pero <a title=\"Si vas a agasajar a tus clientes, hazlo antes del final de a\u00f1o\" href=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/si-vas-a-agasajar-a-tus-clientes-hazlo-antes-del-final-de-ano\/\" target=\"_blank\">si tienes pensado agasajar a tus clientes, hazlo antes de final de a\u00f1o<\/a> porque en 2015 se establece un l\u00edmite del 1% a la deducibilidad de estos gastos.<\/p>\n<p><strong>Transmisi\u00f3n de inmuebles.\u00a0<\/strong>Si tienes pensado vender no est\u00e9 clasificado entre las existencias, mejor hacerlo en 2014 porque en 2015\u00a0desaparecen los coeficientes de\u00a0correcci\u00f3n monetaria.<\/p>\n<p><a href=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/wp-content\/uploads\/2014\/12\/Ahorro-Impuesto-de-Sociedades-2014.jpg\"><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" class=\"aligncenter size-full wp-image-6421\" src=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/wp-content\/uploads\/2014\/12\/Ahorro-Impuesto-de-Sociedades-2014.jpg\" alt=\"Como ahorrar impuestos con la reforma fiscal\" width=\"500\" height=\"334\" srcset=\"https:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/wp-content\/uploads\/2014\/12\/Ahorro-Impuesto-de-Sociedades-2014.jpg 500w, https:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/wp-content\/uploads\/2014\/12\/Ahorro-Impuesto-de-Sociedades-2014-300x200.jpg 300w\" sizes=\"(max-width: 500px) 100vw, 500px\" \/><\/a><\/p>\n<p><strong>Venta y compra de activos.\u00a0<\/strong>2014 es un buen momento para transmitir con plusval\u00eda activos del inmovilizado material,\u00a0intangible o inversiones inmobiliarias o valores que otorguen un m\u00ednimo de participaci\u00f3n del\u00a05%, pues a partir de 2015 desaparece la deducci\u00f3n por reinversi\u00f3n de beneficios extraordinarios. Si transmites uno de estos activos en 2014 y el importe de la venta lo inviertes\u00a0en adquirir otros de la misma naturaleza, en el mismo 2014 o en los 3 a\u00f1os posteriores a la\u00a0fecha de puesta a disposici\u00f3n del elemento transmitido, el tipo de tributaci\u00f3n de la renta integrada\u00a0en 2014 ser\u00e1 finalmente del 18 o del 13%, en lugar del 28-25% si lo transmite en 2015-2016.<\/p>\n<p><strong>Reserva de capitalizaci\u00f3n.\u00a0<\/strong>Si cierras el a\u00f1o con beneficios y tienes\u00a0margen en la dotaci\u00f3n de reserva legal o estatutaria, puedes\u00a0dotar el m\u00ednimo de ambas en 2015 para ampliar la base de aplicaci\u00f3n\u00a0de la reserva de capitalizaci\u00f3n, teniendo siempre en cuenta el l\u00edmite del 10% de la base imponible\u00a0de 2015.<\/p>\n<p><strong>Inversi\u00f3n de beneficios.\u00a0<\/strong>Como tambi\u00e9n desaparece en 2015 la deducci\u00f3n por inversi\u00f3n de beneficios que pueden aplicar\u00a0las entidades con importe neto de la cifra de negocios inferior a 10 millones de euros,\u00a02014 es un buen a\u00f1o para que estas compa\u00f1\u00edas anticipen inversiones con los beneficios de\u00a0ese per\u00edodo impositivo. Son aptos para esta inversi\u00f3n los activos del inmovilizado material y las\u00a0inversiones inmobiliarias.<\/p>\n<p><strong>Anticipar o diferir gastos.\u00a0<\/strong>El tipo de gravamen es menor en 2015, as\u00ed que puede ser una buena esperar a 2015 para ingresar, pero adelantar a 2014 los gastos<\/p>\n<p><b>Comprar empresas en p\u00e9rdidas.\u00a0<\/b>Si piensas hacerlo, mejor antes de 2015, porque podr\u00e1s deducir las bases negativas con mayor facilidad\u00a0siempre y cuando haya desarrollado una actividad econ\u00f3mica en los 6 meses anteriores\u00a0a la adquisici\u00f3n. Si se esperas a 2015, es muy probable que no pueda compensar todas las\u00a0bases imponibles negativas.<\/p>\n<p><strong>Reparto de dividendos.\u00a0<\/strong>Si la participaci\u00f3n de la empresa en otra compa\u00f1\u00eda extranjera\u00a0es menor al 5% y van a repartir dividendos, mejor hacerlo en 2014 para evitar la doble imposici\u00f3n, que en 2014 se puede deducir. Si el valor de adquisici\u00f3n de la participaci\u00f3n supera los 20 millones de euros ser\u00e1 mejor repartirlos en 2015 porque\u00a0podr\u00e1 beneficiarse de la exenci\u00f3n de los\u00a0mismos.<\/p>\n<p><strong>Venta de participaciones de empresas espa\u00f1olas.\u00a0<\/strong>Si est\u00e1s pensando en vender tus acciones de empresas espa\u00f1olas y tienes m\u00e1s de un 5% de participaci\u00f3n, mejor espera hasta 2015 porque en 2014 tributar\u00e1 plenamente por la plusval\u00eda t\u00e1cita y en 2015 estar\u00e1 exenta toda la ganancia obtenida.<\/p>\n<p><strong>R\u00e9gimen especial de reestructuraci\u00f3n empresarial.<\/strong> Si piensas reestructurar tu empresa acogi\u00e9ndote al r\u00e9gimen de diferimiento, ser\u00e1 mejor esperar\u00a0ya a 2015, cuando se aplicar\u00e1 este r\u00e9gimen salvo que se opte por no hacerlo y, adem\u00e1s,\u00a0la renuncia a la aplicaci\u00f3n del r\u00e9gimen tambi\u00e9n podr\u00e1 ser parcial.<\/p>\n<p><b>Crear la empresa en 2015.\u00a0<\/b>Si esperas ganar m\u00e1s de 300.000 euros mejor esperar porque en 2014 tributar\u00e1 a un 15% por los primeros 300.000 euros \u00a0y aun 20% por el resto. En 2015 todo tributar\u00e1 al 15%.<\/p>\n<p><strong>Compra de bienes de escaso valor.\u00a0<\/strong>Si tu pyme es una pyme al uso, es decir, peque\u00f1a, y piensa adquirir\u00a0bienes de inmovilizado de escaso valor\u00a0(amortizables por entero cuando se compran), aproveche a adquirir los que tengan un valor\u00a0unitario entre 300 y 600 euros en ejercicios iniciados en 2014, con un m\u00e1ximo anual de\u00a012.000 euros, ya que el valor unitario permitido en 2015 se reduce a 300 euros, si bien el l\u00edmite anual se ampl\u00eda a 20.000 euros.<\/p>\n<p><strong>Gastos con personas vinculadas que tributen como ingreso a un nominal inferior al 10%.\u00a0<\/strong>En este caso el consejo es afrontar el gasto en 2014, ya que apartir de 2015 no ser\u00e1 deducible.<\/p>\n<p><strong>Aprovecha el final de algunas deducciones.\u00a0<\/strong>En el caso de las\u00a0deducciones medioambientales y la de fomento de las TIC\u00b4s. Los importes\u00a0pendientes de deducir por insuficiencia de cuota se podr\u00e1n deducir tambi\u00e9n en ejercicios iniciados\u00a0a partir de 1 de enero de 2015 y siguientes.<\/p>\n<p><strong>Retribuci\u00f3n a administradores por contratos de alta direcci\u00f3n.\u00a0<\/strong>Si quieres que los consejeros por contrato de alta direcci\u00f3n sigan cobrando, modifica los Estatutos de la compa\u00f1\u00eda y remunera tambi\u00e9n el cargo de administraci\u00f3n o no podr\u00e1s hacerlo.<\/p>\n<p><strong>Operaciones Socio-Sociedad.\u00a0<\/strong>Si el porcentaje de participaci\u00f3n es superior al 5% pero inferior al 25% y piensas realizar alguna transacci\u00f3n con la entidad que le plena problemas por su valoraci\u00f3n y espera a 2015, la operaci\u00f3n no se va a considerar vinculada desde el punto\u00a0de vista fiscal y no tendr\u00e1 problemas con la valoraci\u00f3n de la misma<\/p>\n<p><strong>Bases imponibles negativas. <\/strong>Al bajar el tipo de inter\u00e9s general en 2015 y 2016, ser\u00e1 mejor compensar las bases negativas en 2014 al actual 30%. De hecho, por cada\u00a0\u00a0100 euros de base compensada rebajar\u00e1 en 30 euros\u00a0la cuota a pagar, mientras que en 2015 y 2016 la rebaja ser\u00e1 de solo 28 o 25 euros, aparte\u00a0del efecto financiero que tambi\u00e9n juega a favor de la compensaci\u00f3n en 2014.<\/p>\n<p><strong>Deducciones por I+D+i.\u00a0<\/strong>Si la\u00a0empresa va a acometer proyectos de I+D o de innovaci\u00f3n consistentes en los nuevos conceptos\u00a0aceptados por la reforma, como son la configuraci\u00f3n de software avanzado mediante\u00a0\u201cinterfaces y aplicaciones\u201d (I+D) o demostraciones iniciales relacionadas con la animaci\u00f3n y\u00a0los videojuegos, le interesar\u00e1 realizar los gastos ya en ejercicios iniciados a partir de 1 de\u00a0enero de 2015, porque dichos conceptos dar\u00e1n derecho a la deducci\u00f3n y en 2014 no.<\/p>\n<p><strong>Deducci\u00f3n por producciones cinematogr\u00e1ficas extranjeras y por producci\u00f3n y exhibici\u00f3n de espect\u00e1culos. <\/strong>La inversi\u00f3n en estos gastos ser\u00e1 mejor posponerlas a 2015 para que puedan deducir.<\/p>\n<p>Imagen &#8211;\u00a0<a id=\"portfolio_link\" href=\"http:\/\/www.shutterstock.com\/gallery-950590p1.html\">Family Business<\/a><span>\u00a0y\u00a0<\/span><span><a id=\"portfolio_link\" href=\"http:\/\/www.shutterstock.com\/gallery-1496012p1.html\">Bacho<\/a>\u00a0en Shutterstock<\/span><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La reforma fiscal no s\u00f3lo afecta al IRPF, tambi\u00e9n tiene su incidencia en el Impuesto sobre Sociedades y si en el pasado hablamos sobre c\u00f3mo ahorrar en la renta gracias a ella\u00a0ahora le toca el turno a las empresas. 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