{"id":4380,"date":"2016-08-31T08:10:49","date_gmt":"2016-08-31T06:10:49","guid":{"rendered":"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/?p=4380"},"modified":"2016-08-31T10:39:34","modified_gmt":"2016-08-31T08:39:34","slug":"regimen-especial-del-criterio-de-caja-en-el-iva","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/regimen-especial-del-criterio-de-caja-en-el-iva\/","title":{"rendered":"R\u00e9gimen especial del criterio de Caja en el IVA"},"content":{"rendered":"<p><a href=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/wp-content\/uploads\/2013\/09\/criterio-de-caja-en-IVA-pros-y-contras.png\"><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" class=\"alignleft size-medium wp-image-4258\" src=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/wp-content\/uploads\/2013\/09\/criterio-de-caja-en-IVA-pros-y-contras-300x176.png\" alt=\"regimen especial del criterio de caja en IVA pros y contras\" width=\"300\" height=\"176\" srcset=\"https:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/wp-content\/uploads\/2013\/09\/criterio-de-caja-en-IVA-pros-y-contras-300x176.png 300w, https:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/wp-content\/uploads\/2013\/09\/criterio-de-caja-en-IVA-pros-y-contras.png 452w\" sizes=\"(max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><\/a><\/p>\n<p>La\u00a0<strong>Ley de Apoyo a los Emprendedores de 2013<\/strong> supuso un empuj\u00f3n al emprendimiento y la posibilidad de aplicar el critrio de IVA en caja para determinado grupo de empresas y aut\u00f3nomos.<\/p>\n<p>La posibilidad de pagar el IVA de las facturas al cobrarlas y no al emitirlas era una de las medidas m\u00e1s demandadas por las pyme y los empleados por cuenta propia. Desde el 1 de enero de 2014 es posible darse de alta en el r\u00e9gimen especial de IVA en caja, que implica un cambio en el sistema de facturaci\u00f3n.<\/p>\n<h2>Requisitos para aplicar el criterio de IVA en caja: quien puede hacerlo<\/h2>\n<p>Seg\u00fan se especifica en la<strong>\u00a0Ley 14\/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los\u00a0<\/strong><b>emprendedores<\/b>\u00a0y su internacionalizaci\u00f3n,\u00a0los aut\u00f3nomos y pyme <strong>podr\u00e1n darse de alta en el R\u00e9gimen especial del criterio de Caja en el IVA<\/strong>\u00a0siempre que cumplan una serie de requisitos. Se trata de una medida dise\u00f1ada para emprendedores y peque\u00f1as empresas y por eso no todas las compa\u00f1\u00edas pueden acceder a ella, aunque despu\u00e9s s\u00ed impacte en su facturaci\u00f3n.<\/p>\n<p>El <strong>requisitos del IVA en caja<\/strong> m\u00e1s destacado es que\u00a0su facturaci\u00f3n en el a\u00f1o anterior no podr\u00e1 superar los dos millones de euros, entendidas estas como las hubieran estado sujetas a devengo del IVA en caso de no haberse aplicado el r\u00e9gimen especial.<\/p>\n<p>El c\u00e1lculo de la facturaci\u00f3n anual se realizar\u00e1 seg\u00fan los siguientes criterios:<\/p>\n<ul>\n<li>Quienes iniciasen su actividad el a\u00f1o natural anterior, deber\u00e1n elevar hasta un a\u00f1o el vol\u00famen de operaciones.<\/li>\n<li>Quienes no hubieran iniciado su actividad en el a\u00f1o natural anterior podr\u00e1n aplicar el r\u00e9gimen especial en el a\u00f1o natural en curso.<\/li>\n<\/ul>\n<p>Dentro del IVA en caja tambi\u00e9n podr\u00e1n incluirse las operaciones y empresas que en lugar de IVA facturen con el IGIC canario, aunque siempre seg\u00fan las directrices del art\u00edculo 24 de la Ley de Emprendedores y las especificaciones del Gobierno canario.<\/p>\n<p>Por el contrario, quedan fuera las personas cuyos cobros en efectivo respecto a un mismo destinatario superen los 100.000 euros al a\u00f1o.<\/p>\n<h2>Qu\u00e9 operaciones est\u00e1n sujetas<\/h2>\n<p>En t\u00e9rminos generales <strong>el r\u00e9gimen especial de IVA en caja se aplica sobre todas las operaciones<\/strong>, aunque Hacienda ha incluido una serie de <strong>excepciones<\/strong> que conviene tener en cuenta.<\/p>\n<p>Ente ellas figuran las acogidas en los reg\u00edmenes especiales simplificados de agricultura, ganader\u00eda y pesca, as\u00ed como las del recargo de equivalencia, el oro de inversi\u00f3n y las aplicables a los servicios presentados por v\u00eda electr\u00f3nica y del grupo de entidades. Tampoco se aplicar\u00e1 a las operaciones en las que se produzca\u00a0inversi\u00f3n del sujeto pasivo o a las de importaciones y exportaciones. Este es <strong>el listado facilitado por la Agenia Tributaria<\/strong>.<\/p>\n<ul>\n<li>Las acogidas a los reg\u00edmenes especiales simplificado, de la agricultura, ganader\u00eda y pesca, del recargo de equivalencia, del oro de inversi\u00f3n, aplicable a los servicios prestados por v\u00eda electr\u00f3nica y del grupo de entidades.<\/li>\n<li>Las entregas de bienes exentas de IVA como las exportaciones y entregas intracomunitarias de bienes.<\/li>\n<li>Las adquisiciones intracomunitarias de bienes.<\/li>\n<li>Las operaciones en las que el sujeto pasivo del impuesto sea el empresario o profesional para quien se realiza la operaci\u00f3n. En otras palabras, los supuestos de inversi\u00f3n del sujeto pasivo. ENLACE<\/li>\n<li>Las importaciones y las operaciones asimiladas a importaciones.<\/li>\n<li>Los autoconsumos de bienes y servicios.<\/li>\n<\/ul>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<h3>Como funciona el criterio de Caja en el IVA<\/h3>\n<p>El\u00a0<strong>funcionamiento del impuesto\u00a0<\/strong>es relativamente sencillo. B\u00e1sicamente\u00a0el impuesto se devengar\u00e1 al momento del cobro total o parcial de los importes del IVA. Dicho de otra forma, no habr\u00e1 que pagar el IVA hasta que no se hayan cobrado las facturas que lo generaron -en la modalidad normal se liquida el IVA de forma trimestral por cada factura emitida, independientemente de si se ha cobrado o no-.<\/p>\n<p>Es decir, el aut\u00f3nomo o la pyme s\u00f3lo tendr\u00e1 que noticiar a su cliente que est\u00e1\u00a0\u00a0sujeto al r\u00e9gimen especial del criterio de Caja en el IVA y este deber\u00e1 anotarlo a efectos de su contabilidad. A partir de ah\u00ed s\u00f3lo deber\u00e1 emitir las facturas normalmente. A efectos contables, deber\u00e1 incluir en sus libros un registro de facturas con las fechas de cobro o pago, parcial o total, de la operaci\u00f3n. Tambi\u00e9n habr\u00e1 de consignar la cuenta bancaria o medio de cobro para que as\u00ed se pueda acreditar el mismo.<\/p>\n<p>Quienes decidan acogerse al criterio de caja en el IVA deber\u00e1n hacerlo constar en sus facturas con un ep\u00edgrafe que diga \u201cr\u00e9gimen especial del criterio de caja\u201d.<\/p>\n<p>Sin embargo, existen l\u00edmites temporales para que la situaci\u00f3n no se alargue por los a\u00f1os. En concreto, el IVA no cobrado deber\u00e1 abonarse como tarde el 31 de diciembre del a\u00f1o inmediato posterior al que se realiz\u00f3 la operaci\u00f3n. Esto hace que el aplazaminto del IVA sea temporal y como mucho de 24 meses a efectos pra?ticos. Si el IVA corresponde a septiembre de 2016 se podr\u00e1 posponer su ingreso a Hacienda hasta diciembre de 2017 como tarde.<\/p>\n<p>Al realizar el pago habr\u00e1 que acreditar el cobro de la operaci\u00f3n, que podr\u00e1 ser total o parcial.<\/p>\n<h3>IVA en caja e IVA devengado<\/h3>\n<p>El problema de este sistema se presenta para\u00a0<strong>las empresas no acogidas al r\u00e9gimen pero que cuentan con clientes que s\u00ed lo est\u00e1n<\/strong>. En estos casos nos encontrar\u00edamos con una suerte de\u00a0doble contabilidad, ya que para los proveedores sujetos al mismo deber\u00e1n deducir el impuesto soportado por esas operaciones en el momento de pago total o parcial o, en caso de que este no se produzca, el 31 de diciembre del a\u00f1o inmediatamente posterior al que se realiza la operaci\u00f3n.<\/p>\n<p>Y es que el IVA se repercute en el momento de expedici\u00f3n de la factura, aunque a efectos pr\u00e1cticos la repercisi\u00f3n no se entender\u00e1 como producida hasta el momento del devengo del impuesto, que es cuando se cobra la factura.<\/p>\n<p>As\u00ed es como funciona el impuesto. <strong>Si quieres conocer sus ventajas y desventajas, pulsa\u00a0<a href=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/ventajas-y-desventajas-del-criterio-de-caja-en-el-iva\/\">aqu\u00ed<\/a>.<\/strong><\/p>\n<h2>C\u00f3mo darse de alta en el r\u00e9gimen especial de IVA en caja<\/h2>\n<p>Empezar a facturar por esta v\u00eda es muy sencillo. <strong>Bastar\u00e1 con solicitarlo a trav\u00e9s del modelo 036 o el modelo 037 de Hacienda<\/strong> que se rellena al comienzo de actividad o cuando hay cambio en la situaci\u00f3n del profesional.<\/p>\n<p>Estos modelos deber\u00e1n rellenarse como tarde en el mes anterior al inicio del a\u00f1o natural en el que se quiera empezar a aplicar el nuevo r\u00e9gimen de IVA.<\/p>\n<p><strong>Tambi\u00e9n te puede interesar:<\/strong><\/p>\n<p><a href=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/el-modelo-303-de-la-aeat\/\">Gu\u00eda pr\u00e1ctica del Modelo 303 de IVA<\/a><\/p>\n<p><a href=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/gastos-que-te-puedes-deducir-si-tienes-una-tienda-online\/\">Gastos que te puedes deducir si tienes una tienda online<\/a><\/p>\n<p><a href=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/como-rellenar-el-modelo-11-de-retenciones-e-ingresos-de-irpf\/\">C\u00f3mo rellenar el Modelo 111 de retenciones a cuenta del IRPF<\/a><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La\u00a0Ley de Apoyo a los Emprendedores de 2013 supuso un empuj\u00f3n al emprendimiento y la posibilidad de aplicar el critrio de IVA en caja para determinado grupo de empresas y aut\u00f3nomos. 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