{"id":4231,"date":"2015-01-29T07:00:07","date_gmt":"2015-01-29T06:00:07","guid":{"rendered":"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/?p=4231"},"modified":"2015-02-03T06:51:18","modified_gmt":"2015-02-03T05:51:18","slug":"tengo-que-cobrar-iva-por-alquilar-mi-casa","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/tengo-que-cobrar-iva-por-alquilar-mi-casa\/","title":{"rendered":"\u00bfTengo que cobrar IVA por alquilar mi casa?"},"content":{"rendered":"<h2>El alquiler de inmuebles est\u00e1 sujeto a IVA por defecto. Sin embargo, algunos arrendamientos est\u00e1n exentos del pago del impuesto. \u00bfQuieres saber si el tuyo se encuentra entre ellos? Te lo contamos y tambi\u00e9n si es necesario emitir factura y aplicar retenci\u00f3n de IRPF.<\/h2>\n<p><a href=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/wp-content\/uploads\/2011\/12\/alquiler-irpf.jpg\"><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" class=\"aligncenter wp-image-1635 size-full\" src=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/wp-content\/uploads\/2011\/12\/alquiler-irpf.jpg\" alt=\"IVA en el alquiler\" width=\"300\" height=\"225\" \/><\/a>El\u00a0<strong>alquiler de la vivienda<\/strong> es una de las cuestiones que m\u00e1s dudas suelen generar tanto al arrendador como al arrendatario. Una de las m\u00e1s comunes tiene que ver con\u00a0<strong>la forma en la que debe cobrarse el alquiler<\/strong>. Dicho de otra forma: <strong>\u00bfEs necesario emitir factura? \u00bfDebo incluir el IVA? \u00bf<a title=\"Ejemplo pr\u00e1ctico sobre las retenciones de IRPF en 2015\" href=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/ejemplo-practico-sobre-las-retenciones-de-irpf\/\">Aplico retenci\u00f3n de IRPF<\/a>?<\/strong><\/p>\n<p>Se trata de tres preguntas importantes que vamos a tratar de responder de la forma m\u00e1s clara y sencilla posible. \u00a1Empezamos!<\/p>\n<h2>\u00bfCon o sin factura?<\/h2>\n<p>Esta es la primera cuesti\u00f3n. <strong>\u00bfHay que emitir factura o basta con un recibo?<\/strong>\u00a0La respuesta <strong>depende del tipo y destino del alquiler.<\/strong> Es decir,<strong> si el piso se alquila a un particular<\/strong> para que la utilice como vivienda habitual -otra cuesti\u00f3n son los alquileres vacacionales-, ser\u00e1 suficiente con presentar un recibo de alquiler, una suerte de &#8216;recib\u00ed&#8217;. Adem\u00e1s, en el cas en el caso de que el pago se realice a trav\u00e9s del banco mediante domiciliaci\u00f3n puede que este recibo ni siquiera sea necesario.<\/p>\n<p>La cosa cambia <strong>cuando la vivienda se alquila a una empresa o a un particular\u00a0<\/strong>para un uso diferente al de vivienda. En este caso s\u00ed ser\u00e1 necesario emitir una factura y, lo que es m\u00e1s importante, <strong>tener la capacidad legal de hacerlo<\/strong>.<\/p>\n<ul>\n<li><strong><a title=\"C\u00f3mo hacer tu primera factura como freelance\" href=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/como-hacer-tu-primera-factura-como-freelance\/\" rel=\"nofollow\">Descubre como hacer una factura y un modelo b\u00e1sico de factura<\/a><\/strong><\/li>\n<\/ul>\n<h2>\u00bfCon o sin IVA?<\/h2>\n<p>El\u00a0<strong><a href=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/iva-en-los-alquileres\/\">IVA en el alquiler<\/a>\u00a0<\/strong>es otra de las dudas m\u00e1s frecuentes. De nuevo, habr\u00e1 que tener en cuenta el tipo de alquiler para dar una repuesta. <strong>Como norma general, los alquileres est\u00e1n sujetos y no exentos de IVA<\/strong>\u00a0.\u00a0Sin embargo, <strong>existe una excepci\u00f3n que se aplica a los alquileres destinados a vivienda habitual<\/strong>, una exenci\u00f3n que afectar\u00e1 adem\u00e1s al resto de elementos anejos como trasteros y garajes. Este tipo de inmuebles no estar\u00e1n sujetos a IVA, de forma que no se cobrar\u00e1 en las facturas que, como hemos visto, pueden ni siquiera ser necesarias.<\/p>\n<p><strong>En el resto de casos ser\u00e1 necesario incluir el IVA<\/strong> en la correspondiente factura y asumir el resto de obligaciones fiscales relacionadas con el impuesto como es el alta censal como empresario seg\u00fan el\u00a0\u00a0<strong>Modelo 036<\/strong>\u00a0Ep\u00edgrafe 861 si lo que se alquila son inmuebles urbanos. Adem\u00e1s, tambi\u00e9n ser\u00e1 necesario <strong>presentar la declaraci\u00f3n trimestral de IVA<\/strong> seg\u00fan el <b>Modelo 303\u00a0<\/b>y pero no as\u00ed el\u00a0<b>Modelo 390 dependiendo del tiempo de arrendamiento<\/b>\u00a0gracias a los \u00faltimos cambios en la normativa fiscal. Por ejemplo,\u00a0en el caso de los locales comerciales s\u00ed ser\u00e1 necesario seguir haci\u00e9ndolo.<\/p>\n<p><strong>El tipo IVA que se aplica en el caso de los locales comerciales es el general, fijado en el 21%<\/strong>.<\/p>\n<p>Por \u00faltimo, si los ingresos por el alquiler del local comercial superan los 3.005,06 euros tambi\u00e9n habr\u00e1 que presentar en Hacienda el Modelo 347 de declaraci\u00f3n anual de operaciones con terceros.<\/p>\n<h2>\u00bfCon o sin retenci\u00f3n de IRPF?<\/h2>\n<p>\u00bfSi he de incluir el IVA y emitir factura, debo tambi\u00e9n aplicar la correspondiente retenci\u00f3n de IRPF? <strong>Los alquileres a particulares para uso como vivienda habitual est\u00e1n exentos de incluir ning\u00fan tipo de retenci\u00f3n de IRPF en el recibo<\/strong>. Esto tambi\u00e9n se aplica al alquiler de vivienda a por empresas para sus empleados o cuando las rentas satisfechas por el arrendatario no superen los 900 euros anuales. Sin embargo, <strong>esta s\u00ed que debe practicarse en el resto de alquileres<\/strong>.<\/p>\n<p>Concretamente, <strong>es necesario aplicar retenci\u00f3n de IRPF a los alquileres de locales industriales o de negocio o de terrenos de naturaleza urbana<\/strong>. El\u00a0<strong>tipo de IRPF\u00a0<\/strong> a aplicar ser\u00e1 del\u00a020% en 2015 y pasar\u00e1 al 19% en 2016 seg\u00fan lo establecido por la reforma fiscal para los rendimientos de capital mobiliario.<\/p>\n<p>En el caso de las oficinas o locales comerciales, el IRPF se aplicar\u00e1 cuando el arrendador sea una persona f\u00edsica, es decir, un particular y el arrendatario est\u00e9 incluido en alguno de los supuestos del <a href=\"http:\/\/noticias.juridicas.com\/base_datos\/Fiscal\/rd439-2007.t7.html#a76\" target=\"_blank\" rel=\"nofollow\">art\u00edculo 76 del Reglamento del IRPF<\/a>.<\/p>\n<h2>\u00bfDeclaro el alquiler?<\/h2>\n<p>Ni siquiera deber\u00edamos hacer esta pregunta porque la respuesta es un claro s\u00ed. E<strong>s obligatorio incluir los ingresos por alquiler en la declaraci\u00f3n de la renta\u00a0<\/strong>porque no pagar\u00e1s tanto como crees por ellos y porque si no lo haces est\u00e1s defraudando.<\/p>\n<p>Existe la falsa creencia de que si se incluye el alquiler en el IRPF como inquilino se pagar\u00e1n muchos impuestos. Nada m\u00e1s lejos de la realidad. Por un lado puedes restar a los ingresos del alquiler cualquier gasto que te ocasione la casa y por otro, existen reducciones generales para este tipo de ingresos. El resultado es que no pagar\u00e1s mucho por tu alquiler al hacer el IRPF. Si quieres comprobarlo,<strong><a title=\"Hacemos n\u00fameros: \u00bfcu\u00e1ntos impuestos pagas por alquilar tu casa?\" href=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/cuantos-impuestos-pagas-por-alquilar-tu-casa\/\" target=\"_blank\" rel=\"nofollow\"> en este art\u00edculo puedes ver un ejemplo real<\/a>.<\/strong><\/p>\n<p>Por otro lado, recuerda que si alquilas tu casa pero no la declaras te expones a importantes sanciones por parte de Hacienda. <a title=\"\u00bfTienes un piso alquilado y no declarado? \u00c9stas son las consecuencias\" href=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/piso-alquilado-y-no-declarado-consecuencias\/\" target=\"_blank\" rel=\"nofllow\">En este art\u00edculo explicamos las consecuencias de no tributar por estos ingresos<\/a>, que para el inquilino supone el que no podr\u00e1 desgravar por el alquiler, y para el propietario una importante sanci\u00f3n, adem\u00e1s de la reclamaci\u00f3n de las cantidades que no pag\u00f3 en su momento con un fuerte recargo.<\/p>\n<p>La siguiente tabla resume las sanciones que puede imponerte Hacienda.<\/p>\n<p><a href=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/wp-content\/uploads\/2014\/03\/infracciones-y-sanciones-tributarias-aeat.jpg\"><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" class=\"aligncenter  wp-image-5002\" src=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/wp-content\/uploads\/2014\/03\/infracciones-y-sanciones-tributarias-aeat.jpg\" alt=\"infracciones-y-sanciones-tributarias-aeat\" width=\"484\" height=\"1225\" srcset=\"https:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/wp-content\/uploads\/2014\/03\/infracciones-y-sanciones-tributarias-aeat.jpg 690w, https:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/wp-content\/uploads\/2014\/03\/infracciones-y-sanciones-tributarias-aeat-118x300.jpg 118w, https:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/wp-content\/uploads\/2014\/03\/infracciones-y-sanciones-tributarias-aeat-404x1024.jpg 404w\" sizes=\"(max-width: 484px) 100vw, 484px\" \/><\/a><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong>\u00bfEs f\u00e1cil que Hacienda detecte el fraude?\u00a0<\/strong>Mucho m\u00e1s de lo que piensas. Le bastar\u00e1 con cruzar los datos del inquilino, si este desgrava, con los del casero. Adem\u00e1s, recuerda que ya pagar\u00e1s impuestos por tener el piso vac\u00edo gracias a la imputaci\u00f3n de renta inmobiliaria que debes incluir al hacer el IRPF.<\/p>\n<p><iframe loading=\"lazy\" frameborder=\"0\" height=\"225\" src=\"\/\/www.youtube.com\/embed\/pADMdudaOrU?list=PLxrmU76mXo5PjOU64qPnzOnjsej_hQdXd\" width=\"400\" allowfullscreen=\"allowfullscreen\"><\/iframe><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El alquiler de inmuebles est\u00e1 sujeto a IVA por defecto. Sin embargo, algunos arrendamientos est\u00e1n exentos del pago del impuesto. \u00bfQuieres saber si el tuyo se encuentra entre ellos? Te lo contamos y tambi\u00e9n si es necesario emitir factura y aplicar retenci\u00f3n de IRPF. 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