{"id":3910,"date":"2013-11-23T09:57:27","date_gmt":"2013-11-23T08:57:27","guid":{"rendered":"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/?p=3910"},"modified":"2015-08-07T11:14:28","modified_gmt":"2015-08-07T09:14:28","slug":"hipoteca-comprada-antes-del-matrimonio-en-el-irpf","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/hipoteca-comprada-antes-del-matrimonio-en-el-irpf\/","title":{"rendered":"Piso con hipoteca comprado antes del matrimonio: como tributa en el IRPF"},"content":{"rendered":"<p><a href=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/wp-content\/uploads\/2012\/10\/deduccion-cuenta-ahorro-vivienda-2013.jpg\"><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" src=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/wp-content\/uploads\/2012\/10\/deduccion-cuenta-ahorro-vivienda-2013.jpg\" alt=\"deduccion cuenta ahorro vivienda 2013\" width=\"240\" height=\"180\" class=\"alignleft size-full wp-image-2055\" \/><\/a>La\u00a0<strong>hipoteca\u00a0<\/strong>es una importante fuente de\u00a0<strong><a href=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/deducciones-actuales-de-irpf\/\">deducciones en el IRPF<\/a>\u00a0<\/strong>pero tambi\u00e9n una de las que m\u00e1s duda genera. Al margen de los cambios en la normativa sobre la\u00a0<strong>desgravaci\u00f3n de la vivienda en la declaraci\u00f3n de la renta<\/strong>, muchas de las cuestiones tienen que ver con la forma en la que debe reflejarse el dinero destinado a la compra y quien tiene derecho a desgravar, especialmente tras\u00a0<strong>el matrimonio<\/strong>.<\/p>\n<p>En un pa\u00eds donde la\u00a0<strong>inversi\u00f3n en vivienda<\/strong> ha sido una de las principales actividades econ\u00f3micas se repiten los casos de\u00a0<strong>matrimonios en los que uno o ambos c\u00f3nyugues llegan a la uni\u00f3n con una casa en su propiedad<\/strong> pero sin terminar de pagar, es decir, con una\u00a0<strong>hipoteca pendiente<\/strong>. \u00bfQu\u00e9 hacer en ese caso? \u00bfC\u00f3mo actuar?<\/p>\n<p>En primer lugar, la forma de actuar depender\u00e1 del <strong>r\u00e9gimen econ\u00f3mico matrimonial<\/strong>, que puede ser\u00a0<strong>regimen de gananciales, de participaci\u00f3n o separaci\u00f3n de bienes,\u00a0<\/strong>siendo el primero el m\u00e1s habitual y el que se aplica por defecto en Espa\u00f1a, salvo en Catalu\u00f1a. En este caso, los c\u00f3nyuges comparten las ganancias o beneficios adquiridos por cualquier de ellos durante el matrimonio y su titularidad se repartir\u00e1 a partes iguales.<\/p>\n<p>Lo que ocurre en estos casos cuando\u00a0<strong>una persona compra una casa antes del matrimonio<\/strong> es que habitualmente la titularidad de la vivienda y de la hipoteca recae sobre uno s\u00f3lo de los c\u00f3nyuges. La teor\u00eda fiscal nos dice que una persona s\u00f3lo podr\u00e1<strong> desgravar por la vivienda habitual cuando la compra de su casa se ha realizad por financiaci\u00f3n externa<\/strong>, lo que supone que debe de haber una hipoteca y que esta debe de estar a su nombre.<\/p>\n<p>Ocurre sin embargo, que en la mayor\u00eda de matrimonios la hipoteca se paga a medias en realidad, es decir, que marido y mujer se reparten el gasto que supone el pr\u00e9stamo hipotecario.\u00a0\u00bfPodr\u00eda en estos casos desgravar por la hipoteca quien no figura en el contrato ni es titular de la vivienda? La respuesta seg\u00fan la explicaci\u00f3n anterior ser\u00eda que no, pero si tenemos en cuenta que en el\u00a0<strong>r\u00e9gimen de gananciales\u00a0<\/strong>los bienes adquiridos son de ambos, \u00bfno ser\u00e1 tambi\u00e9n propietaria en parte de la vivienda por m\u00e1s que no figure en las escrituras?<\/p>\n<p>La respuesta es complicada y por ello nada como <strong>recurrir a <a href=\"http:\/\/www.agenciatributaria.es\/\">la propia Agencia Tributaria<\/a><\/strong>\u00a0y m\u00e1s concretamente a la\u00a0<strong>pregunta vinculante 128082 del INFORMA de la AEAT<\/strong> que se resuelve de la siguiente forma:<\/p>\n<blockquote><p>128082-GANANCIALES: VIVIENDA ANTES MATRIMONIO. ATRIBUCION PRIVATIVA<\/p>\n<p>Pregunta<\/p>\n<p>Contribuyente que en 2007 contrae matrimonio en r\u00e9gimen de gananciales, constituyendo la residencia habitual del matrimonio una vivienda adquirida en 2005 por su c\u00f3nyuge, la cual est\u00e1 gravada con un pr\u00e9stamo hipotecario que todav\u00eda est\u00e1n pagando.<\/p>\n<p>\u00bfCorresponde, en cualquier caso, la deducci\u00f3n por los pagos realizados a partir del matrimonio por mitad a ambos c\u00f3nyuges?<\/p>\n<p>Respuesta<\/p>\n<p>Tras contraer matrimonio en r\u00e9gimen de gananciales, la vivienda de origen privativo, en proceso de financiaci\u00f3n, se constituye en la residencia habitual del matrimonio. De financiarse con fondos gananciales, la titularidad corresponder\u00e1, en principio, en proindiviso al c\u00f3nyuge titular originario, por su aportaci\u00f3n anterior al matrimonio, y a la sociedad de gananciales en la proporci\u00f3n que represente la aportaci\u00f3n ganancial, por lo que cada c\u00f3nyuge podr\u00e1 practicar la deducci\u00f3n por adquisici\u00f3n de vivienda habitual por el 50% que le corresponde del pago por las cantidades amortizadas.<\/p>\n<p>Ahora bien, este criterio que pudiera derivar de la aplicaci\u00f3n de los art\u00edculos 1.354 y 1.357 del C\u00f3digo Civil puede resultar alterado por los c\u00f3nyuges en el ejercicio de su autonom\u00eda de voluntad, excluyendo su aplicaci\u00f3n, y atribuir al bien adquirido la condici\u00f3n que mejor les parezca, debiendo probarse por cualquier medio de prueba. Si los c\u00f3nyuges dieran a la vivienda habitual el car\u00e1cter de bien privativo del titular originario en su totalidad, dejando expresa constancia de ello, la deducci\u00f3n por su adquisici\u00f3n le corresponder\u00eda \u00fanicamente al mismo por su condici\u00f3n de titular, y ello aunque su financiaci\u00f3n se realizara con dinero ganancial. Deducci\u00f3n que, de hacerse a cargo de fondos de la sociedad de gananciales, s\u00f3lo podr\u00eda practicar respecto a la mitad del importe invertido, esto es, la participaci\u00f3n que le corresponde en la sociedad de gananciales. A su vez, dicho titular ser\u00e1 deudor respecto del otro c\u00f3nyuge en el 50% de las cantidades abonadas constante la sociedad de gananciales y durante el matrimonio. Si se abonase con fondos privativos del titular de la vivienda podr\u00eda deducir el 100%.<\/p>\n<p>Normativa\/Doctrina<br \/>\nConsulta de la D.G.T. 1790 &#8211; 2003 , de 31 de octubre de 2003<br \/>\nConsulta Vinculante de la D.G.T. V 0890 &#8211; 2006 , de 10 de octubre de 2006<br \/>\nArts. 1346, 1354 y 1357 del C\u00f3digo Civil<\/p><\/blockquote>\n<p>As\u00ed que, de forma resumida, s\u00ed parece que\u00a0<strong>se puede desgravar por la vivienda habitual comprada antes del matrimonio<\/strong> aunque una de las partes no aparezca en el contrato.<\/p>\n<p><iframe loading=\"lazy\" width=\"400\" height=\"225\" src=\"http:\/\/www.youtube.com\/embed\/4XwhzIR2Sd0\" frameborder=\"0\" allowfullscreen><\/iframe><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La\u00a0hipoteca\u00a0es una importante fuente de\u00a0deducciones en el IRPF\u00a0pero tambi\u00e9n una de las que m\u00e1s duda genera. 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