{"id":2441,"date":"2012-10-22T12:48:42","date_gmt":"2012-10-22T10:48:42","guid":{"rendered":"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/?p=2441"},"modified":"2015-08-06T23:58:15","modified_gmt":"2015-08-06T21:58:15","slug":"calendario-fiscal-enero-2013","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/calendario-fiscal-enero-2013\/","title":{"rendered":"Calendario fiscal enero 2013"},"content":{"rendered":"<h3>El <a href=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/calendario-fiscal-2013\/\">Calendario fiscal de 2013<\/a> nos gu\u00eda en nuestras obligaciones fiscales a trav\u00e9s de los diferentes meses del a\u00f1o. Y es que a efectos pr\u00e1cticos cada periodo tiene sus implicaciones a efectos la Agencia Tributaria. En el caso del calendario fiscal de enero 2013 estamos ante el comienzo del a\u00f1o, algo que es m\u00e1s relevante para las empresas que para los particulares.<\/h3>\n<p>El<strong> Calendario fiscal de enero 2013<\/strong> est\u00e1 marcado por el inicio de un nuevo a\u00f1o. En cierto sentido es una especie de borr\u00f3n y cuenta nueva. El ejercicio 2012 queda atr\u00e1s y hay que empezar a pensar en la <strong><a href=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/renta-2013\/\">declaraci\u00f3n de la renta 2013<\/a><\/strong><a href=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/renta-2013\/\"><\/a>\u00a0y para ello el primer paso es el de <strong>informar a Hacienda<\/strong> de nuestra situaci\u00f3n laboral, es decir, presentar los modelos informativos para <strong>calcular las retenciones de IRPF, <\/strong>entre otras tareas.<\/p>\n<p>Estas son las principales citas y sus fechas l\u00edmite.<\/p>\n<h2>Hasta el 2 de enero<\/h2>\n<p>Los empresarios y trabajadores aut\u00f3nomos podr\u00e1n renunciar o revocar el r\u00e9gimen de estimaci\u00f3n directa simplificada y objetiva en la <strong>declaraci\u00f3n de la renta 2013<\/strong> y siguientes ejercicios.<\/p>\n<p>A efectos de IVA, se podr\u00e1 renuncuar o revocar los reg\u00edmenes simplicadors y agricultura ganader\u00eda y pesca para el ejercicio en curso y sucesivos y lo mismo podr\u00e1 hacerse para el r\u00e9gimen de especial de agencias de viajes o \u00a0la deducci\u00f3n com\u00fan para sectores diferenciados.<\/p>\n<h2>Hasta el 20 de enero<\/h2>\n<p>En este caso ya hablamos de acciones que afectan a todos los contribuyentes, como es informar a Hacienda de la situaci\u00f3n laboral a efectos de calcular las retenciones de IRPF. Estas son otras de las acciones que se llevan a cabo seg\u00fan el<strong> Calendario fiscal de enero 2013<\/strong>.<\/p>\n<p><strong>Retenciones de IRPF<\/strong>: En este sentido, todos los trabajadores deben presentar el<strong>\u00a0modelo 190<\/strong>\u00a0que incluye las<strong>\u00a0retenciones a cuenta del IRPF<\/strong>\u00a0que se le practicar\u00e1n a lo largo de todo el a\u00f1o salvo que medie alg\u00fan cambio en su situaci\u00f3n personal o laboral, lo que incluye desde el nacimiento de un hijo hasta un aumento de salario. El plazo se extiende hasta el 20 de enero.<\/p>\n<p><strong>IVA del cuarto trimestre<\/strong>: las empresas y trabajadores aut\u00f3nomos deber\u00e1n presentar la liquidaci\u00f3n de IVA trimestral correspondiente al cuarto trimestre del a\u00f1o a trav\u00e9s del modelo correspondiente (habitualmente el modelo 303)<\/p>\n<p><strong>Resumen anual del IVA<\/strong>: junto con el IVA del cuarto trimestre se rellena el modelo 390, que es el resumen anual del IVA y que toda empresa y aut\u00f3nomo est\u00e1 obligado a presentar.<\/p>\n<p>A estas obligaciones hay que a\u00f1adir la declaraci\u00f3n anual de las subvenciones, indemnizaciones o ayudas de actividades agr\u00edcolas, ganaderas y forestales, as\u00ed como el pago de los Impuestos Especiales de Fabricaci\u00f3n y el resumen del impuesto sobre las primas de seguros.<\/p>\n<h2>Hasta el 30 de enero<\/h2>\n<p>Se podr\u00e1n llevar a cabo los pagos fraccionados de la renta 2011 correspondientes al cuarto\u00a0trimestre\u00a0del IRPF 2011 para los contribuyentes en estumaci\u00f3n directa y objetiva.<\/p>\n<p>R<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El Calendario fiscal de 2013 nos gu\u00eda en nuestras obligaciones fiscales a trav\u00e9s de los diferentes meses del a\u00f1o. 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