{"id":10894,"date":"2016-03-01T12:19:05","date_gmt":"2016-03-01T11:19:05","guid":{"rendered":"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/?p=10894"},"modified":"2016-03-01T12:25:23","modified_gmt":"2016-03-01T11:25:23","slug":"iva-soportado","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/iva-soportado\/","title":{"rendered":"Qu\u00e9 es el IVA soportado"},"content":{"rendered":"<h2>Ejercer cualquier actividad econ\u00f3mica implica pagar IVA e ingresar IVA. Pero una cosa es el IVA soportado y otra diferente el que podr\u00e1s deducir en tu declaraci\u00f3n trimestral con el modelo 303. Descubre todo lo que necesitas saber al respecto<\/h2>\n<p style=\"text-align: left;\">El Impuesto sobre el Valor A\u00f1adido es un uno de los grandes quebraderos de cabeza para las empresas, pymes y trabajadores aut\u00f3nomos. Salvo casos muy concretos, toda actividad econ\u00f3mica y comercial implica el cobro y el pago de IVA, no importa que se trate de una venta o de la prestaci\u00f3n de un servicio.<\/p>\n<p>El IVA est\u00e1 dise\u00f1ado para que sea el consumidor final quien haga frente al impuesto y para que <strong>la empresa act\u00fae como recaudadora del Estado<\/strong>. Y es que al final ese IVA no le pertenece, pertenece a Hacienda, que cada tres meses reclamar\u00e1 que se lo ingresen <a href=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/el-modelo-303-de-la-aeat\/\">a trav\u00e9s de la declaraci\u00f3n trimestral del Modelo 303<\/a>.<\/p>\n<p>Para que termines de entenderlo, como empresa o aut\u00f3nomo est\u00e1s obligado a sumar el IVA a tus servicios. T\u00fa ser\u00e1s quien ingrese ese dinero, pero despu\u00e9s Hacienda te pedir\u00e1 cuentas y que le retornes el dinero que has cobrado en concepto de IVA. A cambio, permite a los profesionales y a las compa\u00f1\u00edas restar a esa cantidad que deben ingresar al fisco parte del IVA que ellos han tenido que pagar.<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><a href=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/wp-content\/uploads\/2016\/03\/shutterstock_236659351.jpg\" rel=\"attachment wp-att-10896\"><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" class=\"alignnone size-medium wp-image-10896\" src=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/wp-content\/uploads\/2016\/03\/shutterstock_236659351-300x250.jpg\" alt=\"Qu\u00e9 es el IVA soportado\" width=\"300\" height=\"250\" srcset=\"https:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/wp-content\/uploads\/2016\/03\/shutterstock_236659351-300x250.jpg 300w, https:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/wp-content\/uploads\/2016\/03\/shutterstock_236659351.jpg 500w\" sizes=\"(max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><\/a><\/p>\n<h2>Qu\u00e9 es el IVA soportado<\/h2>\n<p>En su actividad toda empresa paga un IVA por los servicios que contrada o las materias primas que necesita para producir los bienes que vende. Una f\u00e1brica de tornillos tend?a que comprar acero y otros materiales y al hacerlo pagar\u00e1 IVA, al igual que un e-commerce tendr\u00e1 que pagar un alojamiento web y una conexi\u00f3n a internet, que tambi\u00e9n incluyen IVA &#8211;<a href=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/tipos-de-iva\/\">aqu\u00ed puedes consultar los tipos de IVA en cada caso<\/a>-. Esto es lo que se conoce como <strong>IVA soportado<\/strong>.<\/p>\n<p>Desde un punto de vista contable y algo m\u00e1s t\u00e9cnico, se podr\u00eda definir como al que el empresario debe hacer frente a la hora de comprar cualquier producto o servicio.<\/p>\n<p>En ocasiones el IVA soporado se usa como sin\u00f3mino de <strong>IVA deducible<\/strong>, cuando en realidad <strong>no todo el IVA soportado se puede deducir al hacer la declaraci\u00f3n trimestral<\/strong> del impuesto. Este IVA deducible hace referencia al que el empresario ha pagado y puede restar al IVA ingresado en la liquidaci\u00f3n seg\u00fan el Modelo 303. Tal y como ya hemos adelantado, cada tres meses la empresa o el aut\u00f3nomo har\u00e1n cuentas con Hacienda para devolver la difernecia entre lo ingresado y lo pagado v\u00eda IVA.<br \/>\nSin embargo, <strong>s\u00f3lo parte del IVA ser\u00e1 soportado y deducible<\/strong><\/p>\n<h2>Requisitos para deducir el IVA soportado<\/h2>\n<p>El <strong>art\u00edculo 95 de la Ley de IVA<\/strong> delimita claramente qu\u00e9 gastos se pueden desgravar a efectos de IVA. Esto es lo que dice:<\/p>\n<blockquote><p>Los empresarios o profesionales no podr\u00e1n deducir las cuotas soportadas o satisfechas por las adquisiciones o importaciones de bienes o servicios que no se afecten, directa y exclusivamente, a su actividad empresarial o profesional.<\/p><\/blockquote>\n<p>Esta declaraci\u00f3n es la base para saber si un gasto se podr\u00e1 o no restar en el c\u00f3mputo trimestral de IVA y como vemos establece un precepto claro <strong>que est\u00e9 afecto directa y exclusivamente a la actividad<\/strong>. Dicho de otra forma, <strong>que ese gasto sea s\u00f3lo de la empresa o del profesional<\/strong> y que no beneficie tambi\u00e9n al empresario en el \u00e1mbito privado.<\/p>\n<p>Por eso mismo el apartado dos (95.2) del art\u00edculo de la citada Ley es algo m\u00e1s concreta en las limitaciones. Y establece que <strong>no se considerar\u00e1 IVA deducible<\/strong> el de los siguientes gastos.<\/p>\n<ol>\n<li>Los bienes que se destinen habitualmente a dicha actividad y a otras de naturaleza no empresarial ni profesional por per\u00edodos de tiempo alternativos. Tal y como hemos explicado, <strong>los bienes de uso mixto, que sean tanto personal como profesional<\/strong>, aunque m\u00e1s adelante te damos dos ejemplos para que veas la aplicaci\u00f3n pr\u00e1ctica de estos l\u00edmites.<\/li>\n<li>Los bienes o servicios que se utilicen simult\u00e1neamente para actividades empresariales o profesionales y para necesidades privadas. De nuevo, limitaciones al uso privado y empresarial.<\/li>\n<li>Los bienes o derechos que no figuren en la contabilidad o registros oficiales de la actividad empresarial o profesional del sujeto pasivo. L\u00f3gicamente, <strong>si no lo incluyes en tu balance, es que no es un gasto de la empresa<\/strong>.<\/li>\n<li>Los bienes y derechos adquiridos por el sujeto pasivo que no se integren en su patrimonio empresarial o profesional. Adem\u00e1s de los libros, deben ser parte del patrimonio profesional, no s\u00f3lo personal.<\/li>\n<li>Los bienes destinados a ser utilizados en la satisfacci\u00f3n de necesidades personales o particulares de los empresarios o profesionales, de sus familiares o del personal dependiente de los mismos, con excepci\u00f3n de los destinados al alojamiento gratuito en los locales o instalaciones de la empresa del personal encargado de la vigilancia y seguridad de los mismos, y a los servicios econ\u00f3micos y socio-culturales del personal al servicio de la actividad.<\/li>\n<\/ol>\n<p>Los que no cumplan estas caracter\u00edsticas no se podr\u00e1n desgravar en el IVA.<\/p>\n<p style=\"text-align: center;\"><a href=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/wp-content\/uploads\/2016\/03\/shutterstock_123486007.jpg\" rel=\"attachment wp-att-10897\"><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" class=\"alignnone size-medium wp-image-10897\" src=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/wp-content\/uploads\/2016\/03\/shutterstock_123486007-300x200.jpg\" alt=\"Requisitos para deducir el IVA soportado\" width=\"300\" height=\"200\" srcset=\"https:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/wp-content\/uploads\/2016\/03\/shutterstock_123486007-300x200.jpg 300w, https:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/wp-content\/uploads\/2016\/03\/shutterstock_123486007.jpg 500w\" sizes=\"(max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><\/a><\/p>\n<h3>Exclusiones: IVA que no podr\u00e1s desgravar<\/h3>\n<p>La Ley incluye adem\u00e1s algunos exclusiones a la norma general. Se trata de gastos no podr\u00e1n incluirse como IVA deducible salvo que se den determinados supuestos, empenzado por la afecci\u00f3n total al negocio.<\/p>\n<p><i>Los servicios de desplazamiento o viajes, hosteler\u00eda y restauraci\u00f3n, salvo que tengan la consideraci\u00f3n de gasto deducible a efectos del IRPF o del Impuesto sobre Sociedades. En cualquier caso deber\u00e1s ser capaz de demostrar que sirvieron para generar negocio y existen unos l\u00edmites enla cuant\u00eda a imputar que puedes consultar AQU\u00ef ENLACE<\/i><\/p>\n<ul>\n<li><i>En alimentos, tabaco y bebidas o espect\u00e1culos o servicios de car\u00e1cter recreativo.<\/i><\/li>\n<li><i>En joyas, alhajas, piedras preciosas, perlas y objetos elaborados con oro o platino.<\/i><\/li>\n<li><i>En bienes o servicios destinados a atenciones a clientes, asalariados o a terceras personas. Son los que com\u00fanmente se conocen como gastos de representaci\u00f3n y cuya fiscalidad abordamos en este art\u00edculo.<\/i><\/li>\n<\/ul>\n<h3>Tres ejemplos pr\u00e1cticos sobre el IVA soportado deducible<\/h3>\n<p>Como ya hablamos en su d\u00eda con los gastos del coche, esto quiere decir que en teor\u00eda s\u00f3lo se podr\u00e1 desgravar el IVA si el uso del veh\u00edculo es exclusivamente profesional (o esta es su finalidad principal sin darle apenas uso personal). Lo que ocurre es que la mayor\u00eda de inspectores son conscientes de es m\u00e1s normal darle un uso mixto y a efectos pr\u00e1cticos permiten desgravar un 50% de los gastos cuando se usa de forma personal y profesional, pero con la ley en la mano, no ser\u00eda posible.<\/p>\n<p>Algo parecido ocurre con <strong>la compra de un ordenador<\/strong> si tambi\u00e9n se le va a dar un uso personal o, por supuesto, si se compra por ejemplo para los hijos o para tu hermado. En este caso sucede algo parecido a lo que ocurr\u00eda con el coche. La mayor\u00eda de inspectores se fijar\u00e1 en si hay o no un uso profesional del PC, sobreentendiendo que si es un sobremesa que est\u00e1 en la empresa as\u00ed ser\u00e1. \u00bfY en el caso de los port\u00e1tiles? Los inspectores tambi\u00e9n suelen ser permisivos, al entender que si la m\u00e1quina se lleva a casa se har\u00e1 un m\u00ednimo uso privado del mismo, pero que el principal destino es profesional.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Las \u00faltimas sentencias judiciales tambi\u00e9n van en esa l\u00ednea y as\u00ed el Tribunal Supremo dio la raz\u00f3n a un aut\u00f3nomo para que pudiese desgravar los sumistros del hogar a efectos de IVA, pero s\u00f3lo en el porcentaje correspondiente al uso profesional de los mismos. Para que lo entiendas mejor, si el despacho profesional ocupa un 10% de la casa, podr\u00e1s deducir en tu declaraci\u00f3n trimestral ese porcentaje de los suministros del hogar. Si por ejemplo has pagado 20 euros de IVA de internet al mes, podr\u00e1s restar el 20 c\u00e9ntimos o el 10% de ese IVA.<\/p>\n<blockquote>\n<h3 style=\"text-align: center;\">Qu\u00e9 puedes desgravar como IVA soportado<\/h3>\n<p style=\"text-align: justify;\">De forma muy resumida, estas son las partidas t\u00edpicas que puedes restar al IVA repercutido:<\/p>\n<ul>\n<li style=\"text-align: justify;\">Material de trabajo como un ordenador, papeler\u00eda, material de oficina, tarjetas de visita, etc.<\/li>\n<li style=\"text-align: justify;\">Dietas en horario laboral relacionadas con tu actividad.<\/li>\n<li style=\"text-align: justify;\">Gasolina y dem\u00e1s gastos de desplazamiento relacionados con tu actividad econ\u00f3mica.<\/li>\n<li style=\"text-align: justify;\">Tel\u00e9fono, internet y dem\u00e1s gastos en telecomunicaciones.<\/li>\n<li style=\"text-align: justify;\">Servicios relacionados con tu actuvidad como el asesor fiscal, gestor\u00eda contable&#8230;<\/li>\n<li style=\"text-align: justify;\">Software que necesitas en tu trabajo, que en realidad incluye cualquier herramienta necesaria para la actividad.<\/li>\n<\/ul>\n<\/blockquote>\n<h2 style=\"text-align: center;\"><a href=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/wp-content\/uploads\/2016\/03\/shutterstock_119683021.jpg\" rel=\"attachment wp-att-10898\"><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" class=\"alignnone size-medium wp-image-10898\" src=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/wp-content\/uploads\/2016\/03\/shutterstock_119683021-300x191.jpg\" alt=\"Requisitos formales para el IVA soportado\" width=\"300\" height=\"191\" srcset=\"https:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/wp-content\/uploads\/2016\/03\/shutterstock_119683021-300x191.jpg 300w, https:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/wp-content\/uploads\/2016\/03\/shutterstock_119683021.jpg 500w\" sizes=\"(max-width: 300px) 100vw, 300px\" \/><\/a><\/h2>\n<h2>Requisitos formales para el IVA soportado<\/h2>\n<p style=\"text-align: justify;\">Adem\u00e1s de estar afecto a la actividad y tener relaci\u00f3n con la generaci\u00f3n de negocio, todo IVA deducible debe cumplir una serie de requisitos formales para poder ser computado como tal. Si no se cumplen estos preceptos <strong>no se podr\u00e1 desgravar<\/strong> por m\u00e1s que se trate de un gasto justificado. Estos <strong>requisitos formales para desgravar el IVA<\/strong> son los siguientes:<\/p>\n<ul style=\"text-align: justify;\">\n<li><strong>Debe existir una factura original que incluya los datos de la empresa que presta el servicio o vende el bien con el IVA desglosado.<\/strong><\/li>\n<li>El gasto deba apuntarse en los libros de contabilidad de la empresa o en el registro que todo aut\u00f3nomo esty\u00e1 obligado a llevar de sus gastos e ingresos<\/li>\n<li>El bien adquirido debe integrarse en el patrimonio empresarial, no en el personal<\/li>\n<\/ul>\n<p style=\"text-align: justify;\">Todos los gastos que no cumplan con estos requisitos no pod?na catalogarse como IVA soportado.<\/p>\n<h2>El IVA soportado en el Modelo 303<\/h2>\n<p>Como es l\u00f3gico, los gastos que soportas en concepto de IVA son clave al hacer la <strong>liquidaci\u00f3n trimestral del impuesto a trav\u00e9s del modelo 303 de Hacienda<\/strong>. En la declaraci\u00f3n de IVA hay que consignar todos los gastos que tengan la condici\u00f3n de IVA soportado deducible e identificarlos claramente. Para ello lo primero ser\u00e1 <strong>separar la base imponible y la cuota de IVA<\/strong> algo que deber\u00eda estar ya hecho en la propia factura de forma clara. En caso contrario, aqu\u00ed puedes <a href=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/tipos-de-iva\/\">consultar el tipo de IVA que se aplica a cada producto<\/a>.<\/p>\n<p>Despu\u00e9s deber\u00e1s <strong>consignar por separado los gastos seg\u00fan el tipo de IVA<\/strong>, que podr\u00e1 ser del 4%, 10% o 21% y su procedencia seg\u00fan se trate de un ingreso o gasto de una compra nacional intracomunitaria o extracomunitaria. Tambi\u00e9n ser\u00e1 necesario diferenciar entre gastos corrientes (los normales que pagas) y los bienes de inversi\u00f3n, que ser\u00e1n los que permanezcan en la empresa m\u00e1s de un a\u00f1o y adem\u00e1s superen los 300 euros de gasto.<\/p>\n<h3>Las casillas del modelo 303<\/h3>\n<p style=\"text-align: justify;\">Las casillas que van del n\u00famero 28 al 40 son las reservadas para la base del IVA deducible y se distribuyen entre los tipos de adquisiciones que antes hemos indicado.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En las casillas que van de la 40 a la 46 deber\u00e1s incluir la cuota de IVA de cada base imponible.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Adem\u00e1s, tambi\u00e9n se incluir\u00e1n las rectificaciones de deducciones y la regularizaci\u00f3n de bienes de inversion y por aplicaciones del porcentaje de prorrata, que a continuaci\u00f3n te explicamos en qu\u00e9 consiste,<\/p>\n<h2>La regla de la prorrata<\/h2>\n<p style=\"text-align: justify;\">Si realizas varias actividades que tribuen a tipos de IVA diferentes debes conocer <strong>la regla de la prorrata<\/strong> porque tendr\u00e1s que usarla para dar con el IVA a pagar para cada actividad. Imagina que est\u00e1s dado de alta en diferentes ep\u00edgrafes del Impuesto de Actividades Econ\u00f3micas (IAE) y que en uno de ellos el IVA que debes incluir en tus facturas es del 21% mientras que en el otro est\u00e1s exento \u00bfC\u00f3mo debes imputar el IVA? Aplicando la prorrata de IVA.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">B\u00e1sicamnete se trata de calcular el porcentaje de ingresos que supone cada actividad (ingresos brutos sin IVA, se entiende) y deducir s\u00f3lo esa cifra de IVA. Imagina que tu primera actividad est\u00e1 afecta a IVA y supone un 80% de tu facturaci\u00f3n, mientras que la segunda no. Si tuvieses 100 euros de IVA soportado total por tu actividad s\u00f3lo podr\u00e1s incluir como deducible la parte proporcional a tus facturas con IVA, es decir el 80% u 80 euros de esos 100.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><strong>Tambi\u00e9n te puede interesar:<\/strong><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><a href=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/el-iva-en-el-e-commerce\/\">El IVA en el e-commerce<\/a><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><a href=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/gastos-que-te-puedes-deducir-si-tienes-una-tienda-online\/\">Gastos que te puedes deducir si tienes una tienda online<\/a><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\"><a href=\"http:\/\/www.bolsamania.com\/declaracion-impuestos-renta\/el-igic-el-iva-canario\/\">El IGIC, el IVA Canario<\/a><\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Imagen de\u00a0<a href=\"http:\/\/www.shutterstock.com\/gallery-2117717p1.html\">Rawpixel.com<\/a>,\u00a0<a href=\"http:\/\/www.shutterstock.com\/gallery-131473p1.html\">Lisa S.<\/a>,\u00a0<a href=\"http:\/\/www.shutterstock.com\/gallery-1048777p1.html\">Georgejmclittle<\/a>\u00a0de\u00a0shutterstock<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Ejercer cualquier actividad econ\u00f3mica implica pagar IVA e ingresar IVA. 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