Corte Constitucional colombiana avaló el TLC con Corea pero impuso condiciones para su aplicación

Aunque el Tratado de Libre Comercio entre la Nación asiática y el país se firmó en febrero de 2013 y lo ratificó el Congreso en 2014, el visto bueno de la Corte es fundamental y esta advierte sobre un aparte con visos de inconstitucionalidad.

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Bolsamania | 15 abr, 2016

Según el análisis hecho por la Corte Constitucional, existe una cláusula relacionada con las limitaciones para hacer transferencias de recursos cuando Colombia o Corea del Sur pretendan llevar el dinero de los negocios a sus países, situación que podría limitar la autonomía del Emisor colombiano.

Según el mencionado capítulo del TLC, la restricción para sacar recursos tendría un plazo máximo de dos años prorrogable por un año más, situación que alerta a la Corte por considerar que un acuerdo comercial no puede limitar las competencias del Banco de la República.

Según el mencionado capítulo del TLC, la restricción para sacar recursos tendría un plazo máximo de dos años prorrogable por un año más.

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A pesar de declarar dicha cláusula como exequible, la Corte pidió al Presidente de la República que, al momento de ratificar el TLC con Corea, aclare que “no hay tiempos para limitarle al Banco de la República la posibilidad de impedir que Corea saque la plata”.

Tras la decisión del Alto Tribunal, el Gobierno colombiano deberá renegociar con las autoridades surcoreanas en busca de un acuerdo al respecto que permita ratificar el Tratado con la satisfacción plena de ambos países.

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